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La Comisión Europea, que es la institución encargada de velar por el cumplimiento de los Tratados y del derecho de la Unión, puede generar situaciones en las que los derechos reconocidos a los interesados no sean debidamente protegidos. En estos casos, los afectados pueden interponer una demanda de incumplimiento por omisión ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

A continuación, se analiza el marco jurídico, los requisitos y la jurisprudencia relevante sobre la impugnación de la inacción de la Comisión ante el TJUE.

Artículo 265 TFUE

La base jurídica para la impugnación de la inacción de la Comisión Europea ante el TJUE se encuentra en el artículo 265 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Este artículo establece que, si una de las instituciones de la Unión, incluido el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea o la Comisión Europea, se abstiene de actuar en los casos en que esté obligada a hacerlo, las demás instituciones, los Estados miembros o, bajo ciertas condiciones, las personas físicas o jurídicas, pueden instar al TJUE para que declare esa omisión como ilegal. El artículo 265 establece los requisitos, los cuales son:

  1. Este recurso será admisible únicamente si la institución de que se trate ha sido previamente requerida para que actúe. Si al cabo de dos meses desde la fecha de dicho requerimiento la institución no se ha pronunciado, el recurso podrá interponerse en un nuevo plazo de dos meses.
  2. Cualquier persona física o jurídica podrá recurrir si la institución de que se trate le hubiere dirigido un acto distinto de una recomendación o un dictamen o si la omisión le hubiere afectado directamente.

Requisitos para interponer la acción

Para poder interponer una acción de incumplimiento por omisión ante el TJUE, es necesario cumplir con ciertos requisitos formales y materiales, a saber:

  • Requerimiento previo a la Comisión: Antes de acudir al Tribunal, la parte afectada debe realizar un requerimiento formal a la Comisión, instándola a actuar. Este paso es imprescindible, y debe proporcionar un plazo de dos meses para que la Comisión responda o adopte la medida solicitada. Si la Comisión no actúa o responde de manera insatisfactoria dentro de ese plazo, la parte interesada puede interponer la demanda ante el TJUE en un nuevo plazo de dos meses.
  • Obligación de actuar: El demandante debe demostrar que la Comisión estaba obligada a actuar en virtud de los Tratados o de una normativa derivada. Esta obligación puede derivarse, por ejemplo, del deber de la Comisión de iniciar procedimientos de infracción contra un Estado miembro (artículo 258 TFUE) cuando se constate una vulneración del derecho de la UE.
  • Interés directo y personal: Cuando el recurso lo interponen personas físicas o jurídicas (empresas, ciudadanos), deben demostrar que la inacción de la Comisión les afecta de manera directa y personal. Debe tener un impacto concreto sobre los derechos o intereses del demandante, más allá de un simple interés general en la correcta aplicación del derecho de la Unión.

Jurisprudencia relevante

A continuación, se destacan algunos casos clave:

  1. El TJUE estableció que las personas físicas o jurídicas que deseen impugnar una inacción deben demostrar que la omisión de la institución les afecta directa e individualmente (“afectación directa”).
  2. Italia argumentó que la Comisión no había adoptado medidas en relación con una presunta infracción de las normas europeas por parte de otro Estado miembro. Aunque el TJUE falló en contra de Italia, el caso es representativo del uso del recurso por parte de los Estados miembros.
  3. El TJUE reafirmó la importancia del requerimiento previo. El Tribunal señaló que, para que una acción de incumplimiento por omisión sea admisible, debe existir un requerimiento claro que establezca la obligación de la Comisión de actuar. Sin un requerimiento previo, la acción sería inadmisible.

Procedimiento de impugnación: implicaciones jurídicas y de presión

El uso del artículo 265 TFUE también tiene implicaciones políticas, especialmente cuando los Estados miembros recurren a esta vía para presionar a la Comisión a actuar en temas sensibles.

Asimismo, el éxito de una acción de este tipo puede tener consecuencias significativas en la evolución del derecho de la UE, al obligar a la Comisión a adoptar una posición activa en cuestiones que, de otra manera, podrían quedar desatendidas.

Garantizar el correcto funcionamiento del Derecho de la Unión Europea

La acción de impugnación por inacción prevista en el artículo 265 TFUE es una herramienta fundamental para garantizar el correcto funcionamiento del sistema jurídico de la Unión Europea.

A través de esta acción, tanto los Estados miembros como los particulares pueden instar a que las instituciones de la Unión, en especial la Comisión, cumplan con sus obligaciones y adopten medidas cuando el derecho de la Unión lo exija, siendo un proceso complejo pero esencial para el desarrollo del derecho de la Unión.

Contacte con Navas & Cusí Abogados, especialistas en Derecho de la Unión Europea y Comunitario, para asesorarle y acompañarle en este proceso de impugnación, en el caso de que se vea afectado por la inacción de alguna institución europea.

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Navas & Cusí Abogados
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