Navas Cusí Abogados gana una sentencia contra BANKIA dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Laredo en un nuevo caso de afectados por preferentes.
Destacamos de la sentencia dictada el párrafo relativo a la exigencia de realizar el test de idoneidad:
En caso de que el servicio de inversión se preste en relación con un instrumento complejo según lo establecido en el apartado siguiente, se exigirá que el documento contractual incluya, junto a la firma del cliente, una expresión manuscrita, en los términos que determine la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que el inversor manifieste que ha sido advertido de que el producto no le resulta conveniente o de que no ha sido posible evaluarle en los términos de este artículo.
Sobre la base de estas obligaciones en abril de 2010, el Comité Europeo de Supervisores financieros (CESR) publicó un documento que pretendía clarificar ese concepto y recientemente ha hecho lo propio la CNMV en su “Guía sobre la prestación de los servicios de asesoramiento en materia de inversión” (23 de diciembre de 2010) materializando lo que se ha dado en llamar “test de idoneidad”.
La sentencia se suma a las más de 100 sentencias ganadas por Navas Cusí contra entidades Bancarias de toda España.
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