En los últimos meses se ha puesto en marcha una importante reforma fiscal en España -en el plano internacional concretamente-, a través del proyecto BEPS, enmarcado dentro de los planes de lucha contra el fraude y la evasión fiscal a nivel internacional. El proyecto BEPS corresponde al acrónimo por sus siglas en inglés: “Base Erosion and Profit Shiffting”.
Dicho proyecto nació en el año 2013 como resultado de las reuniones de ministros de finanzas que integran el llamado bloque G20, puesto que se ha observado a nivel Internacional que a consecuencia de la globalización y de las diferencias existentes entre cada régimen fiscal se están creando presiones innecesarias sobre los contribuyentes por efectos de doble tributación, así como supuestos en donde los ingresos no son grabados ni en el país de origen ni el de residencia.
Se ha tratado de solucionar dichas situaciones a través de Tratados y de reglas de doble tributación. Sin embargo, dichos convenios y medidas no consiguen ni eliminar ni solucionar completamente dichos problemas.
Debido a esta situación, se ha optado por poner en marcha un plan que permita el desarrollo de herramientas que permitan a los diferentes gobiernos alinear las bases para gravar correctamente la actividad económica.
De este modo, a partir de 2013 la OCDE puso en marcha el citado plan de acción BEPS. Dicho plan identifica 15 acciones que permiten luchar contra la erosión fiscal que afecta a la economía de los países.
Dichas acciones son las siguientes:
Acciones propuestas
1 Abordar los desafíos fiscales de la economía digital.
2 Neutralizar los efectos de los productos híbridos.
3 Fortalecer las normas relacionadas con la transparencia fiscal internacional.
4 Limitar la erosión de la base imponible a través del pago de intereses y demás gastos financieros.
5 Contrarrestar más eficazmente las prácticas fiscales perjudiciales, teniendo en cuenta la transparencia y la sustancia.
6 Prevenir el abuso de los tratados y convenios para evitar la doble imposición.
7 Prevenir la evasión artificiosa del status de establecimiento permanente.
8 Desarrollar normas de prevención de BEPS cuando se desplazan intangibles entre empresas de un grupo.
9 Desarrollar normas de prevención de BEPS mediante la transferencia de riesgos entre empresas de un grupo.
10 Desarrollar normas de prevención de BEPS a través de operaciones que raramente se producirían entre terceros.
11 Establecer metodologías para recopilar y analizar datos sobre BEPS, así como las acciones para tratarlo.
12 Exigir a los contribuyentes revelar sus estrategias de planificación fiscal agresiva.
13 Volver a examinar la documentación de precios de transferencia.
14 Hacer más efectivos los mecanismos de solución de controversias.
15 Desarrollar un instrumento multilateral y modificar los convenios de doble imposición.
Durente Noviembre y Diciembre de 2014 se pusieron en marcha borradores de propuestas para recibir observaciones sobre las diferentes acciones contempladas en el plan BEPS.
De este modo, BEPS sigue avanzando y asumiendo por lo tanto la Comunidad Internacional que su objetivo es lograr que las compañías multinacionales tributen de acuerdo con el valor añadido que realmente generen en cada jurisdicción. Así mismo, cada estado miembro debe velar por mantener una conversación abierta en esete sentido con sus vecinos. El claro ejemplo es la reunión que ha mantenido hoy mismi miércoles el presidente del Gobierno español con el principado de Andorra para tratar el tema de la doble imposición tributaria.
Por otra parte, el día 16 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva 2014/107/EU de 9 de diciembre a través de la cual se modifica la Directiva 2011/16/EU sobre cooperación administrativa en materia fiscal. Dicha Directiva guarda relación con el proyecto FACTA (Foreign Account Tax Compliance) y pretende establecer a partir del año 2016 un sistema ampliado de intercambio de automático de información a través del cual todas las entidades o instituciones financieras con cuentas cuyos titulares residan en otro Estado miembro deberán facilitar a este la información sobre los ingresos brutos, intereses y dividendos derivados de la transmisión de cualesquiera activos financieros.
Finalmente cabe destacar que la reforma también conlleva la puesta en marcha de una investigación más amplia de cara a la práctica seguida por los Estados miembro en materia de “Tax Rullings” (es decir, en materia de contestaciones a consultas tributarias o acuerdos previos de valoración o precios de transferencia) y de ayudas de estado, exigiendo que en casos particulares no se puedan apartar de la práctica general y que todos los estados miembro han de respetar los principios de igualdad y de transparencia en todas sus actuaciones.
En conclusión, el nuevo proyecto BEPS parece dirigido a solucionar importantes diferencias entre países y lograr un mayor equilibrio entre los diferentes estados y sus sistemas tributarios, insistiendo en que los sistemas tributarios han de ofrecer certidumbre y resultados predecibles a los contribuyentes.
Navas Cusí abogados