“Esperamos que ahora todos los bancos comiencen a aplicar el procedimiento extrajudicial”
Declaraciones de Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí:
El Supremo no podía hacer otra cosa que aplicar la resolución de Luxemburgo, que es de obligado cumplimiento.
Limitar la retroactividad de una nulidad apelando al “interés general” era todo menos jurídico. El interés general exige la aplicación del derecho sin observar sus efectos. Por eso la Justicia es representada con los ojos vendados.
La resolución de Luxemburgo no sólo supuso una incomodidad para los magistrados del Supremo sino también una contingencia. Esto explicaría la relativa celeridad en la corrección del fallo.
Lo que desde Navas & Cusí esperamos es que tras esta sentencia del Supremo todos los bancos inicien el procedimiento no judicial establecido por el gobierno sin las dilaciones indebidas que hemos observado hasta la fecha.
En cuanto al principio de la cosa juzgada al que apela el BBVA, desconocemos los extremos porque el Supremo informa oficialmente que “el texto de la sentencia se redactará en los próximos días”.
Algunas informaciones periodísticas apuntan a que el Supremo argumenta no afectar al principio de cosa juzgada por tratarse de cláusulas diferentes. Sin embargo, cabría interpretar que el Supremo amplía su criterio tras el revés de Luxemburgo abriendo la puerta a la reclamación de quienes ya tuvieran sentencia.
En todo caso, en los supuestos de sentencia firme cabe apelar a la responsabilidad patrimonial del Estado. Porque en su famosa resolución del pasado 21 de diciembre, Luxemburgo afea que España no aplicara adecuadamente la legislación comunitaria. Y la jurisprudencia de Luxemburgo es abundante (Caso Francovich, Factortame, etc) apuntando que en estos casos, el Estado es responsable de la mala aplicación del derecho de la Unión.
Para más información:
629203749
Puede consultar la información oficial facilitada por el Tribunal Supremo: http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-acuerda-la-retroactividad-total-de-la-nulidad-de-las-clausulas-suelo