El pasado 30 de junio, se cumplió un año de la ya famosa Sentencia del Tribunal Supremo (nº 323/2015) que abordaba por primera vez uno de los productos más controvertidos de los últimos tiempos, la hipoteca multidivisa.En dicha Sentencia, el Tribunal Supremo calificaba a este tipo de “hipotecas” como un derivado financiero, lo que supone que las entidades financieras deben tener una mayor observancia en los deberes de información ofrecida a los consumidores, tal y como recoge la propia Ley del Mercado de Valores, otorgando una mayor protección frente a los potenciales clientes.
¿Cuál es el panorama en lo que respecta a hipotecas multidivisa en 2016?
Podemos afirmar que el 2016 está siendo, judicialmente hablando, un año muy positivo para aquellas personas titulares de hipotecas multidivisa, que han decidido interponer una demanda para que se declare la nulidad parcial de sus préstamos, con la consecuente salida de un problema en el que se ha visto perjudicados por la falta de diligencia de las entidades bancarias de las que son clientes.
Se estima que en España hay entre 70.000 y 75.000 préstamos multidivisa, de los cuales casi la totalidad fueron comercializados de manera totalmente irregular, al proporcionar al cliente una información totalmente sesgada, parcial y engañosa, no poniendo a disposición del cliente un escenario de riesgos más que posible, como finalmente se ha materializado, haciendo incurrir al consumidor en una creencia totalmente equivocada de lo que estaban contratando.
Esta afirmación está fielmente refrendada por la creciente oleada de resoluciones judiciales a favor del consumidor, lo que, sólo el 2016, supone más de un 80% de estas, siendo una muy buena noticia para aquellas personas que ya están inmersas en un procedimiento judicial, así como aquellas que han mostrado interés en iniciarlo.
Los jueces españoles siguen la doctrina del Tribunal Supremo, entendiendo que la complejidad del producto no se corresponde con la de una hipoteca tradicional, motivo por el cual no debió ser comercializada como tal.
¿Cómo puede afectar el Brexit a las personas titulares de hipotecas multidivisas?
Actualmente, el fenómeno “Brexit” está dando un pequeño respiro a un cierto sector de hipotecados con este producto, los que tienen su deuda en libras, puesto que, al depreciarse esta divisa con respecto al Euro, un 10% aproximadamente, podrían llegar a reducir su deuda hasta en un 20%.
En este sentido no debemos olvidar la elevada volatilidad de este producto, puede verse afectado por cualquier acontecimiento en un periodo de tiempo muy escaso, motivo por el cual entendemos que la solución a este problema no es esperar a que el Euro vuelva a ser fuerte con respecto a las demás divisas, sino reclamar a la entidad por su falta de diligencia en el momento de la comercialización.
En definitiva, podemos afirmar que el año 2016 está siendo muy favorable para aquellos consumidores que han decidido dar el difícil pero, entendemos, acertado paso de reclamar a su entidad por los derechos ciertamente vulnerados en la comercialización de un producto tan importante y esencial como una hipoteca, teniendo unas expectativas futuras muy positivas, motivo por el cual desde Navas & Cusí Abogados animamos a aquellas personas que estén en la misma situación, a informarse sobre la viabilidad de su caso en particular y tomar las medidas necesarias para la defensa de sus legítimos intereses.
Navas & Cusí Abogados.