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El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse en relación al controvertido producto financiero conocido como “SWAP”, estimando el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz.

El Tribunal Supremo declara de nuevo la nulidad de un «SWAP», o también conocido como cobertura financiera, cuyo fin tenía supuestamente evitar los efectos directos de una subida de los tipos de interés. En este caso concreto el valor del producto litigioso era de 267.387 euros, el cual había sido comercializado por la antigua entidad Caja Madrid, a un conjunto de mercantiles dedicadas al sector de la energía fotovoltaica de la provincia de Badajoz. El Tribunal Supremo considera que entidad bancaria incumplió sus deberes de información y transparencia.

Por este motivo, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por la demandante contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz, condenando a Bankia (por ser un producto de la antigua Caja Madrid), a restituir recíprocamente las cantidades indebidamente percibidas, así como los intereses y costas judiciales. El Alto Tribunal revoca el pronunciamiento de la Audiencia Provincial, dando la razón a las demandantes, que en este caso era un grupo de sociedades de energía solar renovable cuya ubicación está en Badajoz.

Tal y como es mediáticamente conocido, la comercialización del producto financiero complejo conocido como SWAP”, ha supuesto multitud de demandas tanto de personas jurídicas como de particulares, al considerar que fueron colocados de forma masiva e indiscriminada durante la época en la que el dinero tenía un precio muy alto, con una absoluta falta de información y transparencia sobre los riesgos que incurrían cuando los intereses pudieran bajar. En definitiva, estos productos  no permiten que el cliente se beneficie de las bajadas del tipo de interés.

En esta ocasión, el Tribunal Supremo señala que la entidad bancaria «tiene la obligación de facilitar la información, y no son sus clientes -que no son profesionales del mercado financiero- quienes deben averiguar» los riesgos derivados del «swap», así como que este producto “ha desnaturalizado su concepción original» al haberse comercializado «de forma masiva entre personas físicas y pequeñas y medianas empresas«, aun tratándose de un «instrumento de reestructuración financiera de grandes empresas».

 

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