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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), señala como “producto complejo” los bonos convertibles del Banco PopularLa CNMV, ha confirmado lo que Navas Cusí Abogados ha venido manifestando desde hace tiempo sobre los “bonos convertibles” del Banco Popular y esto es que nos encontramos ante un producto “complejo”, extremo que la entidad financiera se resiste a reconocer.

Esta manifestación por parte de la entidad reguladora se produce a colación de un procedimiento judicial en el que este producto fue comercializado a dos jubilados, procedimiento en el que quedó totalmente acreditado que la entidad no proporcionó la información debida y adecuada a los clientes, y más tratándose de un producto complejo, tal y como señala el organismo.

¿Por qué son un producto complejo bonos convertibles del banco popular?

Así pues, la CNMV determina que el producto objeto de reclamación en este caso, se corresponde a “un tipo de activo que por sus especiales características deben ser considerados como productos complejos”.

Esta información ha sido incluida en un informe emitido por el organismo regulador el pasado 17 de febrero de 2016, dando respuesta a una denuncia que fue interpuesta por dos jubiladas gallegas que contrataron el producto en el año 2009 y lo convirtieron obligatoriamente en el año 2012.

Tal y como ha sido detallado por este despacho en diferentes ocasiones, los bonos convertibles del Banco Popular se corresponden a un producto bancario que la mencionada entidad comercializó durante el año 2009 cuyo fin era captar el capital necesario entre sus clientes de confianza.

Esta emisión supuso una cantidad de aproximadamente 700 millones de euros para el banco, siendo títulos de deuda privada de la propia entidad y que posteriormente se convertirían en acciones del banco, a lo largo del mes de octubre de 2013. En el año 2012 y con motivo de la más que delicada situación de la entidad financiera, fue “ofrecido” a los clientes un canje para poder retrasar la mencionada conversión hasta el 25 de noviembre de 2015, esperando así una futura recuperación del banco.

Esta supuesta solución planteada, que entendemos no más que un “pan para hoy, hambre para mañana”, finalizó en el mes de noviembre de 2015, cuando se llevó a cabo la conversión obligatoria, la cual supuso unas pérdidas de aproximadamente el 80% de la inversión de los clientes afectados, siendo normalmente un perfil muy similar al de las dos jubiladas que ha dado lugar al informe de la CNMV, es decir, personas ahorradoras, conservadoras, con absoluta confianza en la entidad, con poca o nula formación y experiencia financiera.

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