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Nuestro bufete de abogados Navas & Cusí con sedes en Madrid y Barcelona posee carácter multidisciplinar y con una vocación internacional (sede en Bruselas), está especializado en derecho bancario , financiero y mercantil.
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En el departamento de derecho fiscal y tributario de Navas & Cusí Abogados, somos especialistas en cambio de residencia fiscal a Andorra u otros países que tengan una menor carga fiscal.

Estos cambios de residencia a Andorra, se deben al alto número de ciudadanos que deciden marcharse de España, que es uno de los países de la Unión Europea con mayor carga impositiva para sus nacionales, tanto en impuestos directos como son el IRPF el Impuesto sobre el Patrimonio o el Impuesto sobre Sociedades, así como en tributación indirecta, como son el IVA o el ITP, así como una larga lista de impuestos municipales y locales. Por ello, y junto con la alta presión a nivel de inspección que últimamente están experimentando los ciudadanos con rentas más altas, mucho de nuestros clientes han valorado cambiar su residencia fiscal a Andorra, ya que, debido a la globalización, para muchos trabajos o actividades profesionales ya no es tan determinante estar ubicado en España para continuar prestando sus servicios a ciudadanos o sociedades españolas.

Frente a lo que comúnmente se opina, Andorra no es considerado un paraíso fiscal, pero sí que tiene una tributación muy inferior a la española, sobre todo en materia impositiva directa, donde el IRPF o el Impuesto sobre sociedades se sitúa en el 10% (frente al 50% en IRPF y el 25% del Impuesto sobre Sociedades de España) y no existe Impuesto sobre el Patrimonio. Ello junto con el gran atractivo que tiene este país, hace que cada vez más ciudadanos se planten esta opción.

Requisitos para ser considerado residente fiscal en Andorra y no en España

En este sentido, antes de realizar su cambio de residencia a Andorra deberá saber que, no por el mero hecho de trasladar allí su domicilio, usted dejará de ser residente fiscal en España, puesto que para dejar de ser residente fiscal en España se deben no cumplir una serie de requisitos. En este sentido, de acuerdo con la normativa española interna, se considera que una persona es residente fiscal en España cuando:

  • Permanezca en España durante al menos 183 días.
  • El centro de sus intereses económicos, aun viviendo en Andorra, se encuentren en España.
  • El centro de sus intereses personales y familiares, aun viviendo en Andorra, se encuentren en España.

Aunque pueda parecer pintoresco, la realidad es que la Agencia tributaria tiene a su alcance los medios necesarios para saber donde se encuentra usted durante esos 183 días, ya que en caso de que le inspeccionen le pedirán información de cualquier índole, tales como ubicaciones de los movimientos de la tarjeta de crédito tanto suyo como de su familia, escolarización de hijos, contratos laborales, contratos de alquiler de vivienda o facturas de suministros de dicha vivienda situada en Andorra, para calcular si dichas facturas se corresponden con las de una vivienda normal habitada o no.

Existen requisitos para ser residente fiscal en Andorra

Por otro lado, se ha de tener en cuenta que el Principado de Andorra también cuenta con una serie de requisitos para que se tenga como aceptado que usted es residente fiscal en dicho país.

Asimismo, existe un Convenio para evitar la Doble Imposición firmado entre ambos países, donde en caso de que un mismo ciudadano cumpla los requisitos para ser considerado residente fiscal en ambos países, se dilucide en cual debería pagar sus impuestos

En este sentido, nuestro equipo del departamento de derecho fiscal y Tributario que está especializado en cambio de residencia fiscal a Andorra, les podrá ayudar con su situación en particular, ya que ambas regulaciones, tanto la nacional y la andorrana se encuentra llena de matices, que necesitan un estudio previo.

Somos especialistas en derecho tributario de Inspecciones de Hacienda por cambio de residencia fiscal a Andorra

Igualmente, a la vez de ser especialistas en cambio de residencia fiscal a Andorra, somos especialistas en Inspecciones de Hacienda a ciudadanos españoles que hayan decidido cambiar su residencia fiscal a Andorra, y por lo tanto en caso de que le abran un procedimiento de inspección o de gestión de Hacienda, podemos poner a su disposición nuestro profundo conocimiento de la regulación en materia del procedimiento de inspección así como de fiscalidad internacional, representándole en dicho procedimiento tributario.

 

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Navas & Cusí Abogados
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