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El Fondo General de Garantía de Inversiones (FOGAIN) es el fondo que tiene como objetivo ofrecer cobertura a los clientes cubiertos de las sociedades de valores, agencias de valores y sociedades gestoras de carteras (“Entidades Adheridas”), en caso de que alguna de estas, entre en insolvencia.

Cuando nos referimos a “situación de insolvencia” es necesario que la empresa de servicios de inversión esté en una situación de concurso judicial, por insolvencia. Y solamente en este caso, el FOGAIN activará su cobertura de indemnización al cliente.

Quién se beneficia de la indemnización del Fogain

Se podrán beneficiar de la indemnización que cubre el Fondo General de Garantía todos los clientes de las empresas de servicio de inversión adheridas al Fogain que haya entrado en una situación de insolvencia. Son casi todas las empresas que están adheridas al FOGAIN (sin perjuicio que se debe comprobar entrando en la página oficial) de las que destacamos Q-RENTA AGENCIA DE VALORES, CM CAPITAL MARKETS BOLSA SV, FINECO SV, KEY CAPITAL PARTNERS AV, o SOLVENTIS AV, todas ellas empresas de servicio de inversión.

Límite de financiación

Según establece la normativa española, la indemnización máxima que cubre el FOGAIN es de 100.000 euros para aquellas situaciones de concurso de acreedores o declaraciones de insolvencia administrativa, que se produzca con posterioridad a la entada en vigor del Real Decreto 1642/2008, de 10 de octubre.

Procedimientos de entidades insolventes abiertos

Por ejemplo, hoy por hoy el FOGAIN tiene dos casos abiertos:

En primer lugar, INTERDIN BOLSA SV, S.A., que con fecha 11 de mayo de 2015 la CNMV declaró la imposibilidad de INTERDIN BOLSA SV de cumplir las obligaciones contraídas con los inversores dándose, por lo tanto, respecto esta sociedad, una de las situaciones de insolvencia que determina la normativa.

Si como consecuencia de la actividad de la empresa INTERDIN BOLSA SV, un cliente ha sido afectado, se podrá activar la solicitud de indemnización, hasta 100.000 euros al FOGAIN.

Y en segundo lugar tenemos la empresa SEBROKER BOLSA, AGENCIA DE VALORES, S.A.

En fecha 23 de marzo de 2010 el Juzgado de lo Mercantil 8 de Barcelona declaró el concurso de la entidad SEBROKER BOLSA, dándose aquí todos los requisitos para poder, en caso de ser un afectado por esta empresa de servicios de inversión, solicitar la indemnización al FOGAIN.

En caso de que vd haya perdido una inversión trabajando con una sociedad de valores, agencia de valores o sociedades gestoras de carteras y quiere recuperarla, se puede poner en contacto con Navas & Cusí Abogados, que dispone de un departamento de abogados especializados en la defensa de inversiones y de protección al inversor y accionista.

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Navas & Cusí Abogados
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