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El presente artículo tiene como objetivo informar sobre las novedades inversoras ante la aparición de un nuevo tipo de fondos de inversión, conocidos como los Fondos de Inversión Alternativos Reservados (FIAR), los cuales son un tipo de fondo de inversión totalmente libre, que no necesita una autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), por lo que su constitución y operatividad es mucho más sencilla que la de cualquier otra entidad de servicios de inversión.Han aterrizado en España los Fondos que carecen de vigilancia directa por parte de los organismos reguladores.

¿En qué consisten los Fondos sin vigilancia directa?

La aprobación de este nuevo tipo de fondos sin vigilancia directa, de inversión alternativa, se ha hecho por parte del Parlamento del Gran Ducado, los cuales se caracterizan por una flexibilidad en su operatividad dentro de los mercados que se encuentran especializados en Luxemburgo. Este tipo de estructuras tienen un gran e incipiente atractivo para las grandes fortunas, debido sobre todo a la actual inestabilidad política.

¿Cómo participar en un Fondo de Inversión Alternativa Reservado (FIAR)?

Fondos sin vigilancia directa

La inversión mínima para participar en un Fondo de Inversión Alternativa Reservado (FIAR) es de 125.000 euros y para la constitución de un Fondo de este tipo, es necesario un capital de 1.250.000 de euros.

Tal y como se ha señalado previamente, podemos decir que una de las principales características de este tipo de fondos y lo que seguramente le haga más atractiva es la NO necesaria autorización ni supervisión por parte de los organismos reguladores, como la Comisión de Vigilancia del Sector Financiero (CSSF) o la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), lo que hace más sencilla su constitución, así como las futuribles modificaciones y adaptaciones a las necesidades del mercado.  El único trámite que deberá pasar es la inscripción en el organismo regulador luxemburgués, que se trata de un proceso rápido, sencillo y ágil.

¿Quién gestiona este tipo de fondos de inversión alternativos?

La gestión de este tipo de fondos debe ser llevaba a cabo por un profesional de fondos alternativos (GFIA), que esté autorizado en Luxemburgo y/o en cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea que respeten la Directiva que aborda la regulación de los instrumentos de inversión alternativa. Por este motivo, y aun no siendo un vehículo de inversión regulado, a los inversores les debe transmitir tranquilidad, en tanto los gestores del fondo si han de estar supervisados. Este tipo de fondo puede ser combinado por la estructura de un FIAR y la de un fondo de capital riesgo, todo ello dirigido a inversores de corte institucional y profesional. La única limitación que presenta es la de no poder invertir más de un 30% de la correspondiente cartera en un único emisor.

Actualmente, existen concretamente en Europa 30.274 Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), de las cuales 9.800 tienen domicilio social en Luxemburgo y 1.588 en el Estado español. En cuanto a productos y fondos de inversión alternativa, se encuentran registrados más de 27.500 en Europa, de los cuales aproximadamente 4.500 están en el Gran Ducado y 760 en España.

Nuevo vehículo de inversión alternativa

En definitiva, nos encontramos en España ante un nuevo vehículo de inversión, el cual permitiría a prestigiosos gestores la posibilidad de administrar en nuestro país fondos con domicilio en Luxemburgo, lo que atesora una serie de beneficios tanto para los propios gestores como para los futuros inversores.

 

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Navas & Cusí Abogados
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