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Infórmese en este artículo sobre el último auto de una Audiencia Provincial que suspende la subasta y ejecución hipotecaria por cláusulas abusivas. En este caso es anulada la subasta de la vivienda por considerar abusiva la cláusula de cancelación anticipada.

Suspensión de subasta y ejecución hipotecaria por cláusula de cancelación anticipada abusiva

se puede suspender la subasta y ejecución hipotecaria por cláusulas abusivas.

El reciente auto de 26 de septiembre de 2016 dictado por la Audiencia Provincial de Cantabria ratifica la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santander, desestimando el recurso de apelación interpuesto por Liberbank y anulando por abusiva la cláusula de cancelación anticipada de un préstamo hipotecario, consiguiendo suspender la subasta de la vivienda.

El Juzgador de Instancia a finales de 2015 declaró nula la referida cláusula de cancelación anticipada acordando el sobreseimiento de la ejecución, que se había iniciado por el impago de los clientes de 50 cuotas del préstamo.

El fundamento de la sentencia se centra en la vulneración de la normativa de consumidores y usuarios, la normativa comunitaria y el derecho recogido en el art. 24 CE referente a la tutela judicial efectiva.

El fallo de la Audiencia se ampara en el contenido del auto dictado de fecha 11 de junio de 2015 dictado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Sexta), que resuelve una cuestión prejudicial sobre  si la Directiva 93/13 debe interpretarse en el sentido de que, cuando un juez nacional tenga conocimiento del carácter abusivo de una cláusula contenida en un contrato entre consumidor y profesional, conforme al amparo del art. 3.1 de la Directiva 93/13, el hecho de que la referida cláusula no se haya aplicado por sí sola no se opone a que el juez nacional determine todas las consecuencias oportunas del carácter abusivo de la misma.

Teniendo en cuenta la naturaleza e importancia del interés público que supone la protección del consumidor, en posición de inferioridad respecto del profesional, la Directiva 93/13 impone en el art. 7.1 a los estados miembros la obligación de disponer de medios precisos para evitar el uso de estas cláusulas en los contratos suscritos entre profesionales y consumidores.

¿Cuándo se considera cláusula abusiva el vencimiento anticipado?

Si bien es cierto, el art. 3.1, de la Directiva 93/13 dispone que se considerará abusiva una cláusula en detrimento del consumidor si causa un desequilibrio sustancial entre los derechos y obligaciones de las partes. Esto es lo que debe valorar el juez nacional sobre la cláusula de vencimientos anticipado. Debiendo apreciar además la naturaleza del contrato, las circunstancias concretas de la celebración y el resto de cláusulas.

No puede considerarse una cláusula abusiva el vencimiento anticipado por el simple hecho de ser contraria al art 693.2 LEC.

¿Cómo suspender la ejecución hipotecaria por cláusulas abusivas?

En el caso de que usted quiera suspender la ejecución hipotecaria, puede contactar con nuestro despacho de abogados especializado en derecho bancario y financiero para llevar a cabo las medidas necesarias para conseguir su nulidad.

Para conocer más sobre las sentencias ganadas por el despacho, puede visitar nuestra página con las últimas sentencias de suspensión de subasta.


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