Blogosfera Navas & Cusí

Nuestro bufete de abogados Navas & Cusí con sedes en Madrid y Barcelona posee carácter multidisciplinar y con una vocación internacional (sede en Bruselas), está especializado en derecho bancario , financiero y mercantil.
Contacta con nosotros
Para garantizar la calidad y la atención personalizada, atendemos con cita previa presencial o videoconferencia. No trabajamos a resultados.

Qué son las medidas cautelares?

Las medidas cautelares son disposiciones judiciales que se adoptan antes o en el curso del proceso y que tienen la finalidad de garantizar la efectividad de la futura sentencia. Dentro del ámbito de la Propiedad Industrial e Intelectual podemos encontrarnos con distintas situaciones como son el plagio de invenciones, creaciones o usos indebidos de marcas, en las cuales la solicitud de las medidas cautelares puede resultar determinantes para el resultado del proceso.

Prueba de aplicación de las medidas cautelares en el ámbito de la propiedad intelectual e industrial, es la aplicada en determinadas Ferias y Congresos profesionales, como es el Mobile World Congress, en el cual desde hace tres años los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona aplican un protocolo de actuación.

Propiedad Industrial

Cuando se produce una violación de los derechos de propiedad industrial, la ley habilita al titular del derecho que se ha infringido la posibilidad de solicitar la adopción de medidas cautelares. Dichas medidas se encuentran reguladas en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes (Art 127 y ss) y además son aplicables a todas las modalidades de la propiedad Industrial.

Entre las medidas, la ley menciona:  la cesación o prohibición de actos que puedan infringir el derecho del peticionario, la retención y depósito de los objetos presuntamente infractores, el afianzamiento de las posibles indemnizaciones o las anotaciones registrales que procedan. Además, la misma ley introduce un instrumento procesal, los escritos preventivos, como una posibilidad de defensión frente a las medidas cautelares, que permite la posibilidad de comparecer ante el órgano jurisdiccional competente.

Por otro lado, también cabrá la adopción de cualquier medida que se prevé en la Ley de Enjuiciamiento Civil cuando se adecuen a la naturaleza de los derechos de propiedad industrial, tales como el embargo preventivo, administración judicial de bienes etc.

Propiedad Intelectual

Dentro del ámbito de la Propiedad Intelectual, tan pronto como se tenga conocimiento de una vulneración de los derechos de autor sobre una obra literaria, científica o artística, o ante el temor racional y fundado de que dicha vulneración pueda producirse, se podrá iniciar una solicitud de medidas cautelares.

La posibilidad de solicitar estas medidas se recoge en el Art 141 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido sobre Propiedad Intelectual.  Para ello el solicitante deberá ostentar la titularidad de los derechos de autor, reconocidos en la Ley de Propiedad Intelectual, ya que, de no ser así, carecería de legitimación activa.

Entre las medidas a adoptar, se encuentran: la intervención o depósito de los ingresos obtenidos por la actividad ilícita, la suspensión de la actividad de reproducción, distribución y comunicación pública, o el secuestro de los ejemplares producidos o empleados, entre otras.

Celebración de Congresos Tecnológicos. Mobile World Congress 2021 (MWC)

Los eventos y ferias tecnológicas son un gran medio de difusión y comercialización de innovaciones, sin embargo, también suponen un riesgo desde el punto de vista de su protección jurídica. La exposición de las innovaciones en este tipo de entornos sufre el riesgo de generar conflictos dentro del ámbito de los derechos de propiedad intelectual e industrial, surgiendo la necesidad de establecer protocolos rápidos de actuación.

Debido a esta necesidad, recientemente en el congreso Mobile World Congress (MWC 2021) celebrado en Barcelona, los Juzgados Mercantiles de Barcelona junto a los Juzgados Mercantiles de Alicante adoptaron un Protocolo de servicio de guardia y actuación rápida. La finalidad del Protocolo es garantizar a las empresas que participan en el congreso su participación en las actividades propias del mismo, como es la promoción o colaboración, dentro de un marco jurídico seguro. De este modo, frente a cualquier conflicto que pueda surgir entre las empresas titulares de derechos de propiedad intelectual e industrial, se les permite, entre otras, la solicitud y obtención de medidas cautelares y urgentes ante los tribunales.

Este tipo de medidas cautelares se caracterizan por su tramitación preferente y prioritaria, siempre que tengan por objeto patentes, diseños industriales, infracción de marcas y además que esté prevista su presentación en el Mobile World Congress. Asimismo, los tribunales se comprometen a resolver las medidas en un plazo de 48 horas.

En Navas Cusí Abogados somos expertos en propiedad Intelectual e Industrial y la resolución de conflictos,  en especial en solicitud de medidas cautelares que requieren urgencia e inmediatez.

Author
Navas & Cusí Abogados
Artículo anterior Artículo siguiente