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Se trata de una sociedad familiar cuyo administrador realizó un depósito en la entidad aprovechando la buena relación que tenía con su director.

Aprovechando una visita le ofrecen suscribir participaciones preferentes reproduciéndole únicamente los beneficios del producto sin señalar ninguno de los riesgos. La juez de instancia estima la existencia de un error en el consentimiento decretando por tanto la nulidad, por cuanto tiene por probado que sólo le informaron de las ventajas del producto, siendo que se contrató por la confianza que tenía depositada en el empleado, entregándole un test de conveniencia ya redactado. Por su parte, la información suministrada por la empleada de la entidad se tiene por errónea por cuanto los riesgos se asociaban a una situación impensable como es la quiebra de Caja Madrid , cuando lo cierto es que la información económica de la solvencia de la entidad trasladada por la dirección de Bankia a los empleados de la sucursal era errónea.

 

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