La Audiencia Provincial de Vizcaya ha emitido una nueva sentencia por la que confirma la condena al Banco Santander por asesorar y comercializar aportaciones de la entidad mercantil Fagor a un matrimonio analfabeto de 86 años.
La reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya, desestima el recurso de apelación interpuesto por la entidad bancaria y ratifica la sentencia dictada por un Juzgado del municipio de Barakaldo, que condenaba a la entidad demandada al pago de 20.000 € por haber comercializado un producto “complejo y de riesgo” a un matrimonio de octogenarios analfabetos, en concreto eran aportaciones subordinadas de la empresa Fagor Electrodomésticos.
Como en la mayoría de las comercializaciones que están siendo llevadas ante la tribunales españoles, la sentencia recoge que la entidad demandada incumplió las obligaciones de lealtad, diligencia e información debidas, al haber incitado a la compra de unas aportaciones a la empresa Fagor, a pesar del absoluto desconocimiento de las características y los riesgos de por parte de los demandantes.
Si bien es cierto que son los tribunales de jurisdicción civil donde residen la casi totalidad de las demandas contra las entidades bancarias por este motivo, existen algunos casos en los que comercializar y recomendar un producto arriesgado a personas analfabetas y ancianas, podría incluso promover una acción penal contra dicha práctica y más entendiendo que el engaño llevado a cabo por estas entidades se podría tildar de premeditado.
En este sentido, la fiscalía hasta el momento no está actuando en este tipo de supuestos, pero hay casos (como el de estos ancianos) en que se podría estar incluso incurriendo en una responsabilidad penal de aquellos representantes de los bancos que manipulan los intereses de los clientes e incluso acuden a residencias de ancianos para formalizar suscripciones de aportaciones, confiando normalmente en la palabra de los gestores y en el buen nombre de las entidades a las que representan.
En definitiva, nos encontramos ante una nueva sentencia contra una entidad bancaria, en este caso el Banco Santander, a raíz de la mala praxis generalizada que se ha llevado a cabo, puesto que durante muchos años se ha estado prestando asesoramiento y comercializando productos con particularidades, riesgos y complejidad no requerida por el cliente, y menos aún acorde con el perfil y necesidades financieras de los mismos.
Navas & Cusí Abogados