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¿Puede-un-avalista-reclamar-su-dinero-al-deudor?-Navas-&-Cusí-Abogados-Especialistas-en-Derecho-Bancario

En el Derecho Bancario cada vez es más común encontrar avalistas que debido a su buen hacer y confianza prestan su consentimiento a aparecer como avalistas en créditos solicitados por terceros que posteriormente no pagan.

¿Qué ocurre si el deudor deja de pagar?

En primer lugar debemos indicar que un avalista responde con todos sus bienes presentes y futuros frente a la deuda avalada por lo que en caso de impago por parte del prestamista, el ejecutante podrá solicitar al avalista que haga frente a la deuda concertada.

Una vez satisfecha la deuda por el avalista, muchas personas se preguntan si pueden con posterioridad reclamar lo pagado al prestamista.

Acciones para la defensa del avalista en caso de reclamación

Debemos indicar que el avalista posee tres acciones para proteger sus derechos.

Firmar un contra aval o contragarantía

En definitiva lo anterior es un  documento que certifica ante notario que, en caso de que se ejecute el aval, el avalista podrá reclamar el pago de la suma que haya tenido que abonar en nombre del prestamista.

Constituirse como avalista por una parte de la deuda

Esto es intentar llegar a un acuerdo con la entidad bancaria por el cual solo se tenga que avalar una determinada cantidad que no se encuentre garantizada.

Defender tus derechos ante el Juzgado

En determinados supuestos se puede demostrar que el deudor principal o prestamista tiene capacidad económica para hacer frente a la deuda reclamada pero que en vez de pagar está ocultando sus bienes para que no le sean arrebatados y de ese modo que sea el avalista quien haga frente a la deuda.

Así, a pesar de no haber firmado la contragarantía, es perfectamente posible llevar a alguien a juicio para tratar de recuperar el dinero abonada.

La importancia de firmar un contra aval se basa en que el contrato de aval regula la relación jurídica entre el avalista y el banco, por lo que con el contra aval se consigue regular las relaciones jurídicas que surgen entre el avalista y el prestamista.

Te informamos que en caso de figurar como avalista en un préstamo ajeno, te pongas en contacto con Navas & Cusí ya que contarás con el respaldo de los mejores abogados especialistas en Derecho Bancario los cuales te ayudarán y te aconsejaran de la mejor manera posible para solicitar la nulidad de la cláusula de aval. Puede contactarnos rellenando el formulario de contacto o si lo prefiere puede llamarnos al 915 76 11 50 o al 93 487 97 11

 

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Navas & Cusí Abogados
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