Blogosfera Navas & Cusí

Nuestro bufete de abogados Navas & Cusí con sedes en Madrid y Barcelona posee carácter multidisciplinar y con una vocación internacional (sede en Bruselas), está especializado en derecho bancario , financiero y mercantil.
Contacta con nosotros
Para garantizar la calidad y la atención personalizada, atendemos con cita previa presencial o videoconferencia. No trabajamos a resultados.

La mala praxis bancaria que ha asediado a los ciudadanos de nuestro país ha propiciado el incremento de  medidas encaminadas a corregir y prevenir dichas conductas. Y así se ha puesto de manifiesto en un informe sobre los riesgos del sector financiero de las autoridades europeas de banca (EBA), mercados (ESMA) y seguros (EIOPA).

¿Cuál es la motivación de mala praxis bancaria?

El porqué de estas conductas, nada deseadas, por parte de las entidades bancarias tiene su razón de ser en diferentes motivos, como por ejemplo el reparto de bonus por alcanzar objetivos en venta de productos financieros. Esto conlleva que en múltiples casos, como los que a menudo nos ocupan, el cliente no posea el perfil adecuado para la contratación del instrumento financiero que se le ofrece. Dichas circunstancias, por ejemplo, han traído como consecuencia la venta indiscriminada de participaciones preferentes a ahorradores sin ningún tipo de conocimientos y formación financiera.

Es por ello que se propone al Banco Central Europeo, y a sus homónimos locales como el Banco de España, que se envíen inspectores de incógnito a las oficinas bancarias con el objetivo de preservar los derechos de protección que asisten a cualquier inversor. Esta propuesta pretende reforzar la supervisión ya existente basada en los informes practicados a los clientes de las entidades financieras. De esta manera las inspecciones presenciales efectuadas a través de lo comúnmente conocido como mystery shopping o secret shopper podrán ser realmente efectivaspara poder controlar la venta inadecuada de productos financieros y demás prácticas bancarias que puedan menoscabar los intereses de esos clientes.

Esta práctica es utilizada por las entidades bancarias en otros países desde hace años para así poder cuantificar la calidad del servicio prestado en las oficinas por sus empleados, sin embargo, en nuestro país el Banco de España siempre se había mantenido al margen de su utilización, confiando en que el análisis de los informes redactados eran suficientes para supervisar la labor ejercida por los trabajadores de las entidades y detectar posibles malas praxis bancarias.

Las autoridades europeas recomiendan reforzar esta vigilancia presencial con la posibilidad de que los empleados puedan informar acerca de malas prácticas llevadas a cabo por sus compañeros o superiores, siempre garantizando absoluta confidencialidad a dichas denuncias y al modo de practicarlas. No solo se debe supervisar la buena diligencia llevada a cabo por los empleados para con los consumidores sino también analizar el buen gobierno que debe primar dentro de las entidades bancarias y eso se soluciona consiguiendo una mayor interacción con los consejos de administración, comités de riesgo y de auditoria. En España estas medidas de protección ya se han puesto en práctica a través del mecanismo de supervisión del Banco Central Europeo con lapresencia de inspectores en reuniones de los órganos anteriormente citados o mediante la realización de cuestionarios internos en los diferentes departamentos de las entidades españolas.

Con estas medidas, y las que próximamente se irán desarrollando, se pretende que la transparencia y diligencia sean las características que primen en el ejercicio de las funciones de los empleados y directivos de las entidades bancarias de nuestro país y, así, con el tiempo poder minorar casi en su totalidad la mala praxis bancaria que en ocasiones, por desgracia, es la que caracteriza las actuaciones de dicho colectivo.

 

Navas & Cusí Abogados.

Author
Navas & Cusí Abogados
Artículo anterior Artículo siguiente