Blogosfera Navas & Cusí

Nuestro bufete de abogados Navas & Cusí con sedes en Madrid y Barcelona posee carácter multidisciplinar y con una vocación internacional (sede en Bruselas), está especializado en derecho bancario , financiero y mercantil.
Contacta con nosotros
Para garantizar la calidad y la atención personalizada, atendemos con cita previa presencial o videoconferencia. No trabajamos a resultados.

La protección del Know – how empresarial constituye uno de los pilares fundamentales para garantizar la libre competencia en el mercado español. La salvaguarda de estos activos intangibles es esencial para el desarrollo y la competitividad de las empresas, ya que su divulgación o utilización indebida puede suponer graves perjuicios económicos.

El artículo 13 de la Ley de Competencia Desleal es el instrumento jurídico esencial para salvaguardar los secretos empresariales frente a practicas desleales. Este artículo, que se rige por lo dispuesto en la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales, establece expresamente la prohibición de divulgar o explotar secretos empresariales a los que se haya accedido legítimamente, pero que tengan deber de confidencialidad, o evidentemente, a los que se hayan accedido de manera ilegitima.

Para que esta protección sea efectiva, resulta imprescindible que concurran una serie de requisitos que la doctrina y la jurisprudencia ha ido estableciendo:

  • (i) Titularidad legítima del secreto empresarial. El reclamante debe acreditar de forma fehaciente la titularidad del secreto empresarial y cuya protección se invoca, pues la falta de prueba impide la aplicación de la protección legal.
  • (ii) Carácter secreto de la información. Debe tener un valor empresarial y no ser generalmente conocida ni fácilmente accesible para personas que manejan ese tipo de información.
  • Medidas de protección. Es necesario que el titular haya adoptado medidas razonables para mantener la confidencialidad de la información incluyendo clausulas contractuales de confidencialidad, restricciones de acceso, protocolos internos…
  • (iv) Comportamiento desleal. Debe existir una conducta desleal ya sea por acceso, utilización o divulgación ilegitima del secreto empresarial.

 

En la Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga de 27 de febrero de 2024 (rec. 1076/2023) una empresa demandó a dos particulares por un presunto incumplimiento contractual, alegando vulneración de las cláusulas de confidencialidad, no competencia y captación. La demandante reclamaba que se habían violado sus obligaciones respecto a un know-how del que la empresa afirmaba ser titular.

Sin embargo, la sentencia de primera instancia, confirmada posteriormente por la Audiencia Provincial, desestimó la demanda tras constatar que la titularidad del know-how que la demandante reclamaba como propio correspondía, en realidad, a un tercero. Esta circunstancia resultó determinante, pues imposibilitaba la aplicación del artículo 13 LCD en favor de quien no era el legítimo titular del secreto empresarial supuestamente vulnerado.

En este caso se pone de manifiesto la importancia de acreditar adecuadamente la titularidad del secreto empresarial y de documentar las medidas de protección adoptadas.

Del mismo modo, la violación de secretos empresariales puede dar lugar a distintas acciones legales como la acción de cesación o prohibición de los actos de violación, la acción de indemnización de los daños y perjuicios causados o la acción de eliminación de los efectos producidos por esta violación.

La compleja normativa que rodea la protección de secretos empresariales, junto con la necesidad de acreditar adecuadamente su titularidad y adoptar medidas efectivas para su salvaguarda, hace imprescindible contar con un asesoramiento legal especializado. En Navas & Cusi como abogados expertos en protección de datos contamos con amplia experiencia en la protección de secretos empresariales y en la defensa de nuestros clientes ante este tipo de situaciones.

Preguntas frecuentes sobre la protección del know-how empresarial

¿Qué es el know-how empresarial?

El know-how empresarial es un conjunto de conocimientos técnicos, comerciales o estratégicos no divulgados, que otorgan una ventaja competitiva a la empresa y cuya confidencialidad es clave para su protección legal.

¿Qué protege el artículo 13 de la Ley de Competencia Desleal?

Protege los secretos empresariales frente a su uso o divulgación ilegítima, ya sea accediendo a ellos sin autorización o incumpliendo un deber de confidencialidad previamente asumido.

¿Qué requisitos deben cumplirse para que se aplique esta protección?

Debe acreditarse la titularidad legítima del secreto, su carácter confidencial, que se hayan adoptado medidas de protección razonables y que exista una conducta desleal.

¿Qué ocurre si no se acredita la titularidad del secreto?

Si no se demuestra que el reclamante es titular legítimo del secreto empresarial, no se podrá aplicar la protección prevista en el artículo 13 de la LCD, como ocurrió en la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga de 2024.

¿Qué acciones legales pueden emprenderse por violación de secretos empresariales?

Se pueden solicitar medidas como la cesación de la actividad desleal, indemnización por daños y perjuicios, y eliminación de los efectos generados por la divulgación o uso indebido del secreto.

Author
Navas & Cusí Abogados
Artículo anterior Artículo siguiente