Durante años, las carteras frías, conocidas también como cold wallets, se han presentado como una solución segura no solo desde el punto de vista técnico, sino también como una especie de refugio fiscal. La idea que siempre se ha repetido es bastante simple: “si sacas tus criptomonedas del exchange y las pasas a una wallet fría, nadie podrá seguirte el rastro o informarle a Hacienda”. Esta idea ha circulado ampliamente en blogs, canales de YouTube y redes sociales. Sin embargo, con los cambios normativos que se están introduciendo, la situación está evolucionando, y es importante tenerlo presente.
Con la aplicación del nuevo Reglamento europeo DAC8 y la entrada en vigor del Reglamento MiCA (UE 2023/1114), Hacienda podrá acceder a información detallada sobre los movimientos que realices con tus criptoactivos, incluso si estos están en carteras frías. El anonimato ya no es viable cuando los exchanges y proveedores de servicios de criptoactivos están legalmente obligados a comunicar información directamente a las autoridades fiscales.
Esto significa que, si retiras tus criptomonedas desde un exchange a una dirección privada, como las que usas en Ledger, Trezor u otros dispositivos similares, esa operación será registrada y reportada. El exchange notificará a la Agencia Tributaria qué tipo de criptoactivo retiraste, su valor de mercado, cuántas unidades y a qué dirección las enviaste. Si esa dirección no está asociada a otro exchange o institución financiera, se identificará automáticamente como una wallet privada.
En otras palabras, Hacienda sabrá que esa dirección pertenece a un entorno no regulado y podrá vincularla a ti. Y lo que es más importante, con esta información ya no le será necesario comprobar el contenido de tu wallet. Basta con saber que hiciste la transferencia para poder requerirte la declaración correspondiente.
A esto se suma el creciente uso por parte de la administración de herramientas de análisis blockchain que permiten seguir el rastro de los fondos entre distintas direcciones, detectar patrones de comportamiento y vincular identidades con movimientos aparentemente anónimos. La trazabilidad de las criptomonedas, que hasta hace unos años parecía algo reservado a cuerpos policiales o empresas privadas especializadas, está ya al alcance de las autoridades fiscales.
Por tanto, operar con criptomonedas en una cold wallet ya no significa estar fuera del radar. No declarar tu saldo, tus movimientos o tus beneficios puede derivar en sanciones, multas o incluso responsabilidades penales si los importes son significativos. Entonces, si tienes criptoactivos, es recomendable cumplir con tus obligaciones fiscales.
El nuevo marco normativo está diseñado precisamente para cerrar los espacios de opacidad. La UE ha creado un sistema de intercambio automático de información entre países, y España está plenamente integrada en este esfuerzo. Así que, si tus criptomonedas están en una cold wallet, y en algún momento fueron adquiridas o transferidas desde un exchange regulado, Hacienda puede conocerlo.
En este contexto, lo más sensato es actuar con transparencia y cumplir con los modelos fiscales adecuados, declarar el patrimonio si procede, presentar el Modelo 721 si tienes criptoactivos fuera de España, y reflejar las ganancias en tu IRPF si has realizado operaciones con beneficio.
En Navas & Cusí, como abogados especializados en fiscalidad de criptoactivos, te ofrecemos asesoría legal y fiscal personalizada. Estudiamos tu situación, revisamos tus operaciones y te ayudamos a declarar correctamente tus criptomonedas, para que puedas operar con tranquilidad y seguridad.