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Nuda-propiedad-Que-es-y-sus-ventajas-Navas-&-Cusí-Abogados-especiaistas-en-Derecho-Inmobiliario

La nuda propiedad es una de las alternativas de compraventa de vivienda que aunque poco común en nuestro país, con tan solo 1500 transacciones en el año 2018, está muy extendida en varios países de la Unión Europea, siendo una opción muy recomendable cuando los titulares originales de la propiedad necesitan liquidez, quienes ceden la titularidad del inmueble manteniendo su derecho a residir en el mismo.

Diferencias entre nuda propiedad y usufructo

Derecho a la nuda propiedad

Cuyo titular es el propietario del inmueble, no goza del uso y disfrute del bien hasta la muerte del usufructuario. Puede vender el inmueble a un tercero pero no alquilarlo.

Derecho de usufructo

Pertenece a aquel que tiene el uso y disfrute del bien pero no de la propiedad del mismo, reside en el inmueble por el plazo por el que se constituya y puede alquiler  la vivienda.

Perfil de los interesados

Se trata de una opción muy recomendable para aquellas personas mayores, en la mayoría de los casos sin herederos, que tiene une pensión baja y que quieren complementar sus ingresos, pudiendo así obtener ciertos beneficios de su patrimonio.

La existencia de esta figura jurídica permite seguir disfrutando de la vivienda hasta el fallecimiento a cambio de la venta de su propiedad por un valor inferior al del mercado y motivo por el cual se sienten atraídos los inversionistas pues pueden obtener una gran rentabilidad de los contratos de nuda propiedad.

Su constitución

El contrato mediante el que se cede la nuda propiedad debe ser revisado por un especialista pues son muchas las cláusulas que hay que hay que adaptar en función de la situación y necesidades de los interesados. Se lleva a cabo mediante escritura pública y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad.

Ventajas de vender la nuda propiedad

Una de las principales ventajas de este tipo de contrato es que los gastos para el vendedor son menores, pues mientras que el comprador abona el IBI y los gastos extraordinarios del inmueble, el vendedor se hará cargo exclusivamente de los gastos ordinario salvo pacto en contrario.

Es por ello que se prevé que este tipo de contrato se vaya extendiendo con el tiempo, no solo por las múltiples ventajas que presentar para los vendedores sino también para los compradores y su repercusión en el mercado inmobiliario.

Por ello, un despacho de abogados especializado en Derecho Inmobiliario y Derecho de Herencias y Sucesiones, como es Navas & Cusí, es garantía de profesionalidad a la hora de recibir asesoramiento para la elaboración de los contratos de nuda propiedad, estudiando su caso concreto. Puede ponerse en contacto con nosotros rellenando el formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50

 

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Navas & Cusí Abogados
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