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Diferencia-entre-Extradición-y-Orden-de-Detención-Europea-Navas-&-Cusí-Abogados-Bruselas

Aprovechando el gran revuelo mediático que ha tenido el reciente caso de la euroorden solicitada por el Juez Llarena a las autoridades alemanas solicitando la extradición del expresidente Carles Puigdemont, en este artículo analizaremos las diferencia entre el antiguo procedimiento de extradición entre estados y el actual procedimiento de orden de detención europea (ODE).

¿Qué es la orden de detención Europea?

La orden de detención Europea consiste en una solicitud de detención y entrega para su procesamiento, o para la ejecución de una pena, presentada por una autoridad judicial de un país miembro de la UE para que se realice dicha detención de una persona en otro país miembro. El mecanismo se basa en el principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales y es ejecutable en todos los países de la UE.

El procedimiento de euroorden entró en vigor en el año 2004 con el fin de facilitar las extradiciones y agilizar la cooperación judicial entre los países miembros de la UE. En el momento de aplicación de la euroorden, las autoridades judiciales deben garantizar los derechos procesales de los acusados, se tienen que asegurar que garantizan el derecho de información, el derecho de defensa (abogado), si fuera necesario un intérprete, entre otros,  de conformidad con el Derecho interno del país en que sean detenidos.

Las principales diferencias entre la orden de detención Europea y la extradición tradicional son las siguientes:

  • La normativa de la euroorden establece un plazo máximo de 60 días para la entrega de la persona detenida para entregarla al país en el que se ha expedido la ODE a partir de la fecha de detención. En el caso que el detenido consintiera en su entrega, la autoridad judicial debe tomar la decisión en 10 días. En el caso de la extradición tradicional el procedimiento podía alargarse hasta dos años dependiendo del caso.
  • Otro punto diferenciador con la antigua extradición es que se suprime el principio de doble incriminación, la cual ya no es necesaria para 32 tipos de delitos graves, en los que no se exige que los hechos se consideren delito en los dos países implicados, sino que se exige que los hechos imputados se castiguen con penas privativas de libertad de un mínimo de tres años en el país de expedición.
  • Una característica de la euroorden, es que las resoluciones deben ser adoptadas sin ninguna ingeréncia política, en todo momento por las autoridades judiciales.
  • Entre otros puntos importantes, se encuentran las causas de denegación de un estado miembro de la EU a entregar un acusado, entre las que se pueden ver los motivos de denegación obligatorios como que la persona sea menor, que ya haya sido juzgada por el mismo delito, o que se haya decretado una amnistía. Como motivos opcionales encontraríamos la ausencia de doble tipificación para delitos distintos de los 32 que se indicaban antes, la competencia territorial, la ley de prescripción, o que tenga un procedimiento penal pendiente en el país de ejecución.

 

A fin de entenderlo pongamos dos ejemplos recientes de Orden de Detención Europea:

Como estamos viendo por el caso de la euroorden a Puigdemont, el elemento clave para que el detenido sea extraditado al país que lo ha solicitado, y siempre que se le acuse de un delito que no esté dentro de los 32 tipos de delito que no se exige la doble incriminación, es que el tribunal que revisa la euroorden recibida aprecie que los hechos alegados se enmarcan como delito también en la normativa de su país.

Como otro ejemplo reciente de aplicación de una Orden de Detención Europea tenemos el caso de la detención en Málaga de un ciudadano alemán al cual se le acusa de intento de homicidio al haber lanzado un hacha a su vecina tras una discusión, al cual la Policía Nacional detuvo tras recibir la correspondiente Orden de Detención y Entrega Europea.

Por todo ello desde Navas & Cusí Abogados como despacho especializado en Derecho Comunitario y de la Unión Europea y con una de nuestras sedes en Bruselas, podemos asesorarle y acompañarle técnicamente en cualquier situación en la que pueda necesitar, puede contactarnos mediante nuestro formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50

 

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