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Navas & Cusí Abogados asiste a un acto con el Vicepresidente de la Comisión Europea en Bélgica.

Nuestro socio director Juan Ignacio Navas Marqués fue invitado en sede de la Comisión Europea el pasado martes 15 de noviembre al evento “What next for Europe’s banking system?” donde el Vice-presidente para el dialogo social, estabilidad financiera, servicios financieros y mercado de capitales de la Unión Europea, el Sr. Valdis Dombrovskis, presentó un paquete sobre requisitos de capital y dio su visión sobre el sistema bancario actual de la Unión Europea.

Nuestro socio director Juan Ignacio Navas Marqués fue invitado en sede de la Comisión Europea el pasado martes 15 de noviembre al evento “What next for Europe’s banking system?” donde el Vice-presidente para el dialogo social, estabilidad financiera, servicios financieros y mercado de capitales de la Unión Europea, el Sr. Valdis Dombrovskis, presentó un paquete sobre requisitos de capital y dio su visión sobre el sistema bancario actual de la Unión Europea.

La crisis financiera mundial de 2008 puso de manifiesto la complejidad y la tergiversación de muchos productos estructurados. El fracaso de estas inversiones podría atribuirse a la estructura de los valores, donde los títulos agrupados se dividieron en diferentes tramos.

De acuerdo con la ley española (Ley 19/1992, sobre régimen de sociedades y fondos de inversión inmobiliaria y fondos de titulación hipotecaria), la titulización de hipotecas de vivienda implica que la entidad que otorgó el préstamo ya no es el acreedor de la hipoteca, sino que ha sido cedido a un tercero. Este cambio de titularidad no exige  la inscripción en el Registro de la Propiedad o Registro Mercantil, por lo que el deudor, a menos que se lo notifique, no puede ser conocedor de este hecho. A ello le unimos la realidad legal que vivimos hoy en día y en virtud de la cual se permite la no notificación de la cesión al deudor titular del préstamo. Lo anterior implica que el deudor no puede ejercitar el derecho de retracto, comprando su deuda, siendo él el principal interesado.

Teniendo en cuenta lo anterior y el hecho de que la problemática se extiende a la mayoría de países europeos (Bélgica, Alemania, Francia o Netherlands) siendo la legislación muy dispar todavía en este asunto, creando indefensión y situaciones legales abusivas a los consumidores deudores de préstamos hipotecarios, Juan Ignacio Navas Marqués, en nombre de Navas & Cusí Abogados preguntó al Vice-presidente la siguiente cuestión, objeto del video:

¿Es compatible a la directiva 93/13/CEE y a la normativa de la Unión Europea el hecho de que las entidades financieras no notifiquen al deudor de la cesión de crédito, lo que impide que puedan ejercitar el derecho de retracto? ¿No es más digno y acorde a la legislación de protección del consumidor que el deudor hipotecario pueda, por un precio menor, comprar su propia deuda y quede así con menor deuda pendiente antes que un fondo buitre cuyo único objetivo es la especulación, lo haga? ¿Cómo puede la comisión adoptar decisiones para prevenir estos abusos “aparentemente” legales y dar solución al contexto económico que vive la Unión europea ahora mismo? ¿existe alguna iniciativa por parte de la comisión teniendo en cuenta que ya dos juzgados en España (JPI 11 de Vigo: c-7/16 y JPI 38 de barcelona.-c-96/16) han elevado la cuestión ante el tribunal de justicia de la Unión Europea? como presidente responsable del dialogo social de la comisión europea que es la guardiana de los tratados, ¿no le parece oportuno iniciar un dialogo en las asociaciones de los consumidores, asociaciones de inversores y ONG’s para plantear soluciones a los nuevos pobres de la Unión Europea?

 

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