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Indemnización-por-daños-del-Cártel-de-camiones-en-España:-a-la-espera-de-la-decisión-del-TJUE-Navas-&-Cusí-Abogados-especialsitas-en-Cárteles

Como bien sabemos, desde 1997 a 2011 distintas empresas dedicadas a la fabricación de camiones (Man, Daimler, Iveco, Volvo/Renault, Daf…) realizaron una serie de prácticas concertadas basadas en la fijación y aumento de los precios de los camiones de entre 6 y 16 toneladas en todo el territorio europeo, que contrariaban el Derecho de la Competencia de la Unión Europea.

Las comunicaciones de la Comisión Europea

La infracción se puso en conocimiento, por parte de la Comisión Europea, el 19 de julio de 2016, a través de un comunicado de prensa que anunciaba la investigación relativa al cártel de camiones. Sin embargo, no fue hasta el 6 de abril de 2017 cuando la Comisión dio a conocer todos los detalles exactos que permitían -a partir de ese momento- que los afectados pudieran ejercer acciones indemnizatorias.

Plazo de reclamación de la indemnización en España

A partir de entonces, en España se abrió el plazo de un año (según el artículo 1961 del Código Civil) para que los perjudicados pudieran reclamar, por entenderse que ésa era la fecha en que se obtuvieron todos los elementos necesarios para ejercer una acción de reclamación de daños, finalizando el plazo, por tanto, el 6 de abril de 2018.

Así pues, ha sucedido que muchos de los afectados no han tenido conocimiento de la causa y ese plazo de prescripción de 1 año ha finalizado sin haber podido reclamar, causándose un perjuicio mayor del sufrido, por encontrarse los perjudicados en una clara situación de desequilibrio.

¿Cuál está siendo la postura mayoritaria de los tribunales españoles?

A día de hoy empiezan a conocerse las primeras decisiones relativas al cártel de camiones europeos de aquellos afectados que sí interpusieron en plazo sus reclamaciones, siendo estimadas su gran mayoría de forma parcial y permitiendo al afectado la obtención de entre un 5% y un 20% del sobrecoste del camión.

Posible nuevo plazo: a la espera de la decisión del TJUE

Es muy importante tener en cuenta que, en septiembre de 2017, la Comisión, en una nueva decisión, expuso que la empresa fabricante de camiones Scania también había sido participe de tal cártel. Scania recurrió esa decisión en diciembre de 2017, y desde entonces, nos encontramos a la espera de la resolución por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en caso de estimar lo expuesto por la Comisión no haría sino abrir un nuevo plazo de reclamaciones por el cártel de camiones.

Y esta vez, dado que el pasado mes de mayo de 2017 entró en vigor la Directiva europea de daños, no solo los afectados por la compra de camiones de Scania dispondrían de un plazo mayor (la Directiva prevé un plazo de 5 años para ejercer la acción de reclamación, es decir, hasta 2022), sino que, además, la Directiva prevé la responsabilidad solidaria de todos los partícipes del cártel, con lo que todos serán responsables de los daños ocasionados y, por tanto, deberán responder de su participación en el mismo.

En pocas palabras, si el alto Tribunal europeo resuelve a favor de la Comisión, en España se abriría un nuevo plazo de reclamación por los afectados por el cártel de camiones, que podría trasladarse en una avalancha de demandas ante los tribunales nacionales, no sólo de los afectados por la compra de camiones Scania, sino también de aquellos camiones adquiridos a los destinatarios de la decisión de abril de 2017 (Man, Iveco, Daf, Daimler, Volvo…), pudiendo reclamar una indemnización por las prácticas anticompetitivas de todos estos fabricantes.

 

Si has sido afectado por el cártel de camiones, puedes contactar con Navas & Cusí, donde un equipo de abogados especialistas en Derecho comunitario y de la competencia revisará su caso y le asesorará. Puede ponerse en contacto con nosotros rellenando el formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50 o puede hacerlo al 93 487 97 11 si llama desde Catalunya.

 

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Navas & Cusí Abogados
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