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Así es, tras este revelador titular se encuentra la última decisión adoptada por los reguladores y supervisores de las autoridades comunitarias en materia bancaria. Y es que tanto la EBA (European Banking Authority) como la ESMA (European Securities and Markets Authority), a pesar de las loables iniciativas emprendidas o las políticas llevadas a cabo desde que se inició la crisis financiera y en el marco de asegurar el correcto funcionamiento del sistema bancario para la erradicación de los persistentes casos de mala praxis, entienden que deben dar un paso más e implementar medidas complementarias a las que ya se aplican.

En este sentido y en dicho contexto, con el fin de evitar que se repitan errores del pasado, tales como la incorrecta y masiva comercialización de productos financieros entre clientes sin formación ni cultura financiera, siendo el mayor de los ejemplo las participaciones preferentes, han propuesto tanto al Banco Central Europeo (BCE) como al resto de entes supervisores locales, entre los cuales se encontraría el Banco de España, que periódicamente se supervise la labor comercial y directiva de las oportunas entidades mediante la figura del inspector de incógnito.

Éstos, los inspectores “camuflados de clientes”, son una herramienta poco ortodoxa aunque altamente efectiva a la que recurren asiduamente las propias entidades con el fin de testar la calidad del servicio en su red comercial. Sin embargo, y pese a contar con dicha posibilidad, el Banco de España nunca hasta la fecha la había puesto en marcha, algo que por otra parte parece tener los días contados tras los acuerdos alcanzados por las citadas autoridades. Asimismo y dentro del marco de acuerdos y recomendaciones realizadas, las autoridades europeas aconsejan a los supervisores establecer los mecanismos necesarios para que desde dentro de las respectivas entidades financieras, sean los propios empleados de éstas quienes puedan alertar, en el caso que éstas se produzcan, de malas prácticas, garantizando así el buen funcionamiento del sistema a la vez que se preserva el anonimato del confidente.

Pero quizás la medida que mayor sorpresa pueda causar, no por novedosa o imaginativa, sino porque por lo visto en muchos casos no se aplicaba es aquella por la que se insta a los supervisores a recurrir a los servicios de auditorías externas e independientes con el objetivo de evaluar de forma sistemática si los consejeros, directivos y en definitiva los miembros del comité de auditoría interna de los bancos ejercen sus funciones adecuadamente. Con todo ello se pretende que la transparencia, la diligencia y la ética vuelvan a ser las características que primen en el ejercicio de las funciones de los empleados y directivos de las entidades bancarias de nuestro país para así cerrar definitivamente este ignominioso capítulo de su historia.

 

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