Blogosfera Navas & Cusí

Nuestro bufete de abogados Navas & Cusí con sedes en Madrid y Barcelona posee carácter multidisciplinar y con una vocación internacional (sede en Bruselas), está especializado en derecho bancario , financiero y mercantil.
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Para poder emprender y pretender generar cualquier tipo de rendimiento, lucro o reconocimiento en una actividad o negocio (con independencia de su carácter comercial, o sin ánimo de lucro), la originalidad en la creación del nombre o de la marca que representará ese servicio o producto será de una cuestión de vital importancia para poder dar estabilidad y permanencia a la vida del negocio que se cree y la actividad que el producto origine.

Crear la marca de nuestro producto como un signo distintivo del él es una de las cuestiones más importantes a tener en cuenta si pretendemos diferenciarnos de la competencia y, sobre todo, si queremos triunfar entre la competencia.

Por ello desde NAVAS & CUSI Abogados, recomendamos qué de forma automática y sucesiva al paso de la creación de la marca, se procedan a realizar cada uno de los trámites que permitan inscribir nuestra marca como propia y poder alcanzar en este sentido, toda la protección jurídica de explotación y uso de la misma que tanto nuestra legislación estatal como normativa comunitaria tiene a nuestra disposición.

Es importante diferenciar que la protección de nuestra marca será diferente si pretendemos que dicha protección sea de carácter nacional pues la solicitud se realizará de acuerdo siguiendo los requisitos establecidos por la Ley 17/2001 de 7 de diciembre de marcas.

Por otra parte, podemos dar protección a nivel comunitario, existiendo la posibilidad de obtener una marca de la unión europea mediante la única solicitud, que deberá presentarse la EUIPO (Alicante).

Y por último nos encontramos ante la protección de nuestra marca nivel internacional. A nivel internacional se puede obtener protección en más de 100 países (entre ellos España) depositando solicitud, en la OEPM para su traslado a la Oficina Internacional de OMPI (Ginebra) quien será la responsable de dar traslado a las oficinas nacionales de los países designados por el titular de la solicitud originaria de referencia,

En este sentido, cada país puede conceder o denegar la protección. Es una solicitud única pero que, una vez registrada en todos los países que se hayan designado, da lugar a un conjunto de registros nacionales de igual forma que si se hubieran solicitado país por país.

Medidas cautelares en derechos de propiedad intelectual

Es en este momento es cuando coge gran relevancia proceder a explicar que posibles medidas podemos ejercer frente a la práctica de situaciones de competencia desleal por parte de los competidores. Es decir, frente a aquellos que usan y disfrutan en beneficio propio de nuestra propia marca, haciéndola suya y en detrimento de los legítimos propietarios y dueños de la marca.

Las medidas cautelares nos servirán para asegurarnos de forma legal que ningún competidor y durante un procedimiento contencioso ante los Tribunales en el que se discuta la verdadera titularidad del derecho al uso de la marca en cuestión, pueda actuar con un comportamiento ilícito y de practica desleal, usando en beneficio propio nuestra marca, nombre comercial, diseño, logo etc.

De entre las medidas cautelares más importantes a solicitar cuando se den situaciones como las descritas en párrafo es solicitar el cese de los actos que violen el derecho del demandante y titular del derecho de propiedad industrial.

En el mismo sentido se podrá solicitar que la persona que este infringiendo la norma, retire los productos que se encuentren al alcance del público en cualquier establecimiento con fines lucrativos o de distribución. Así como también existe la posibilidad de solicitar la retención, precinto y depósitos de los productos que se están usando de forma desleal.

Por último y de entre las medidas cautelares más importantes frente una situación de competencia desleal es solicitar al juzgado conocedor del litigio que afiance la indemnización de los daños y perjuicios para que en el caso que pueda condena favorable a las pretensiones del demandante poder evitar la posible y eventual situación insolvente de quien pierda el procedimiento.

Nuestro equipo de abogado le puede asesorar en propiedad intelectual

En Navas & Cusí Abogados contamos con un amplio departamento en el que nuestros abogados podrán asesorarle y acompañarle en todas las dudas que le puedan surgir en relación a la propiedad intelectual. Contamos con despacho en Madrid, Barcelona, Bruselas y Valencia; no obstante, tenemos presencia y nos desplazamos a donde nuestro cliente nos necesite. Pongase en contacto con nosotros rellenando el formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50

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Navas & Cusí Abogados
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