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Las demandas colectivas facultan a los demandantes a iniciar conjuntamente acciones legales por los daños derivados de acciones u omisiones comunes.

La realidad es que a simple vista una demanda colectiva pudiera resultar atractiva para el consumidor afectado en tanto en cuanto implica un menor costo para litigar. Elemento que pudiera llamar la atención a aquellos demandantes que pretenden buscar refugio a una situación no deseada, que a priori solo se resuelve con el inicio de un procedimiento judicial.

En cualquier caso, las demandas colectivas deberán cumplir, a los ojos del Juzgador, con una serie de requisitos cuanto menos esenciales para su admisión a trámite.

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En este sentido es que desde Navas & Cusi Abogados entendemos, y dada la experiencia que nos avala, que es bastante complejo cumplir con los criterios mínimos que facultan para la admisión a trámite de la demanda colectiva.

La dificultad en la coincidencia en los criterios

 

  • En primer lugar que el número de individuos afectados por la mala práctica bancaria, en este caso de Banco Popular, sea cuanto menos importante para que a juicio de Su Señoría, la demanda colectiva resultare práctica. Debiendo a su vez el Juzgador decidir sobre si la demanda colectiva es la mejor manera para resolver un conflicto.
  • En segundo lugar, la conducta impugnada deberá ser común a todos y cada uno de los miembros que interpongan la demanda.
  • El perjuicio derivado de la acción impugnada ha de ser el mismo, o al menos similar.
  • Deberá a su vez existir idoneidad para con los individuos que representen al colectivo. Es decir, el mismo o los mismos no deberán incurrir en conflicto de intereses alguno.

 

A tenor de lo anterior es que bajo ningún concepto resulta sencillo dar cumplimiento a los meritados requisitos. Pero es que además, insistimos, cada caso contiene una serie de particularidades que no necesariamente deben compartirse con el resto de afectados. Es principalmente por este motivo por el que desde nuestro despacho, especializado en el área de derecho procesal y bancario, recomendamos incoar procedimientos individuales. Es esta la única manera de garantizar que el procedimiento se adapte al 100% a las necesidades del cliente, no solo por la cuantía que se reclame, sino también por las particularidades concretas de cada caso.

Y similar hecho acontece con las demandas a plantear frente a Banco Popular, en las que bajo ningún concepto, dos casos, comparten al 100% todas las particularidades.

En este sentido, en caso de que deseen iniciar acciones frente a Banco Popular por la mala práctica en la que incurrió con relación a los tenedores de acciones o cualquier otro producto, insistimos, no dude en contactarnos, puede hacerlo mediante nuestro formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50 

 

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Navas & Cusí Abogados
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