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Desafortunadamente, a la largo de nuestra vida son muchos los problemas que pueden llevarnos a acabar inmersos en un proceso judicial, ya sea como demandado, como demandante, o como testigo de algún hecho o suceso con consecuencias jurídicas, por ello resulta interesante tener un conocimiento general de cómo funciona el proceso civil, haciendo especial mención a la demanda y sus trámites posteriores.

La demanda

Es el acto procesal que inicia el proceso, la demanda es el escrito en que detallan los datos de la persona que interpone la acción, así como la persona contra la que se dirige. También debe recogerse la acción que se ejercita junto con la jurisprudencia que apoye dicha petición pudiendo ser esta de carácter constitutivo, declarativo o de condena.

La contestación

Es el documento mediante el que el demandante se defiende de la acción ejercitada en su contra, en la mayoría de casos haciendo alusión a las excepciones procesales, siendo éstas el medio de defensa que la Ley concede al demandante y que tienen por objeto que el procedimiento se extinga, o que el pronunciamiento continúe con sentencia desestimatoria para la actora.

La audiencia previa

Se trata de una vista en la que las partes tiene la posibilidad de aportar documentación posterior a la demanda y a la contestación, así como proponer la prueba (interrogatorio de parte, testigos, peritos),decidiendo el juez sobre su admisión. En ella también se fijan los hechos sobre los que se va a sustanciar el pronunciamiento y la fecha para para la celebración del juicio.

El juicio

Es la vista en la que se practica la prueba propuesta, y se procede al interrogatorio de todas las partes que hayan sido llamadas, en base a lo admitido por el Tribunal, en la audiencia previa. Tras las declaraciones, los abogados hacen sus conclusiones.

La sentencia

Es la resolución emitida por el juez que pone fin al proceso, la misma debe ser motivada y responder a los hechos controvertidos propuestos por las partes, basándose en la prueba practicada y en la jurisprudencia. La sentencia hará mención a la imposición de las costas y podrá ser recurrida en segunda instancia.

 

En Navas & Cusí como abogados especialistas en Derecho Civil le ayudamos y aconsejamos personalmente durante todo el proceso de la demanda. Puede ponerse en contacto con nosotros enviando el formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50 o al 93 487 97 11

 

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Navas & Cusí Abogados
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