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 La sentencia estima la acción de nulidad al considerar acreditado la insuficiencia de la información suministrada al no constar firmado tríptico ni folleto informativo.

Por su parte, el juez estima que el test practicado no es el correcto al referirse a unas participaciones preferentes de otra entidad distinta de Bankia.

Por su parte, valora la edad de la suscriptora y su formación académica que no guarda relación con actividades financieras.

Ver sentencia:
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Navas & Cusí Abogados
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