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A las entidades de crédito les toca pagar ahora por los errores cometidos hace años

Y uno de estos errores, y que ha sido y está siendo muy castigado por la jurisprudencia, es la comercialización de las ya famosas hipotecas multidivisa a consumidores minoristas que poca experiencia tenían  (o ninguna en muchos casos) en la contratación de productos catalogados de “riesgo” y complejos.

Muchos han sido ya los tribunales que se han sumado al criterio de la pasada sentencia de 30 de junio de 2015 del Tribunal Supremo en la que se calificaba a la hipoteca multidivisa como derivado financiero. Y es que no puede ser de otra forma: no se trata de un préstamo “normal”, sino que estamos ante un verdadero derivado financiero que entraña unos riesgos de fluctuación de la divisa en el que se referencia que no tienen los préstamos de toda la vida.

Sin ir más lejos, mediante Sentencia 366/2016 del Juzgado de Primera Instancia 43 de Madrid de fecha 24 de noviembre de este año, se ha declarado la nulidad de la cláusula de opción multidivisa de la entidad BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. suscrita por un matrimonio, por considerar que no existió (ni se probó) que la entidad Banco Popular S.A. dotara de toda la información necesaria a los deudores.

¿Puede ser mi hipoteca con opción multidivisa ser declarada nula?

Hipoteca-con-opción-multidivisa-ser-declarada-nula-Navas-&-Cusí

Dos son los puntos a destacar para  poder afirmar, sin perjuicio de una valoración de la documentación en cada caso, que se puede llegar a obtener la nulidad de un préstamo con opción multidivisa:

En primer lugar, debemos referirnos al perfil de quien contrata la multidivisa. No es lo mismo que contrate una opción multidivisa una persona que ha estado trabajando en el departamentos de divisas de la entidad banco Santander durante 20 años; que un ciudadano sin experiencia (como es la inmensa mayoría) en la selección y contratación de productos bancarios de riesgo. Esto es importante en tanto en cuanto el sujeto recibe la calificación de “consumidor minorista”, ello implica le ampara y se le aplica la normativa de protección del consumidor así como también la Directiva 93/13 europea.

Y en segundo lugar, debemos atender a la información dotada por parte de las entidades de crédito. Lo que sucedió en este tipo de comercializaciones es que se maquilló la información, ofreciendo al cliente solamente las bondades y ventajas de la contratación de la hipoteca multidivisa, ocultando deliberadamente los riesgos y perjuicios que podrían ocasionar al deudor, como finalmente se ha visto ha sucedido,  y que no podía ser de otra manera visto el panorama económico.

Una reclamación judicial del préstamo con opción multidivisa dará lugar a una posible sentencia favorable en la que el préstamo quedará referenciado a Euribor, con el efecto recíproco de la nulidad, lo que conllevaría el recalculo total del préstamo, como si desde el primer día se hubiera contratado en Euros, lo que supondrá que se partirá de una deuda pendiente total mucho menor.

En Navas & Cusí Abogados somos un despacho con más de 30 años de experiencia en Derecho bancario y financiero, si eres afectado por hipoteca multidivisa pordemos ayudarte a recuperar tu dinero, ponte en contacto con nosotros llamando al 91 576 11 50 y estudiaremos tu reclamación.

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Navas & Cusí Abogados
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