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Así es, tal y como se indica en el titular del presente artículo, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ordenado al juez Fernando Andreu que asuma la gestión de todas las denuncias por estafa que los afectados por preferentes hayan o puedan presentar en adelante contra Bankia, al entender que no puede restringir su investigación al diseño de estos productos, sino que la misma debe incluir también el modo en cómo fueron comercializadas éstas.

Dicha decisión, mediante Auto, indica que no son los juzgados territoriales los que deben hacerse cargo de estas denuncias, tal y como sucedía hasta ahora, máxime después que la Audiencia Nacional excluyera de su investigación el proceso de comercialización de las preferentes. Para el Alto Tribunal, la intervención de los empleados de cada sucursal “tiene un carácter fraccionario enmarcado en un comportamiento más amplio de la entidad, que debe valorarse desde antes de la relación directa con el cliente, a partir del diseño mismo del producto, cuya venta se pretende calificar de estafa”. Esto es, no se puede someter a procedimientos separados la venta de estos productos y el de su diseño, siendo precisamente éste último la causa por la que está imputada la cúpula de las cajas que formaron Bankia.

No obstante lo expuesto, conviene reseñar que con esta decisión, véase, la unificación de los procesos, el Supremo intenta evitar una eventual disparidad de criterios en el asunto de las preferentes, que pueda conllevar, por ejemplo, que los máximos responsables de la Entidad y auténticas “cabezas pensantes” de las preferentes puedan quedar absueltos mientras que los directores y trabajadores de las oficinas que las comercializaron sean condenados.

Por otra parte cabe indicar que la decisión del Supremo viene dada tras analizar y resolver una cuestión de competencia negativa entre un Juzgado de Majadahonda y el propio juez Andreu. A este respecto el juez de Majadahonda pensó que no era competente porque la denuncia iba dirigida contra los administradores de Caja Madrid, a los que investiga el citado juez, el cual por su parte, avalado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, había delimitado la investigación de las preferentes a la cúpula directiva de las Cajas de Ahorros que conformaban el grupo Bankia había dejado fuera tanto a las personas jurídicas como a los empleados de la entidad que las comercializaron.

 

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