La reforma de la ley concursal ha introducido una regulación sofisticada de las clases de acreedores que revoluciona el sistema de reestructuraciones empresariales en España. A diferencia del régimen anterior, que se basaba principalmente en una distinción simple entre acreedores garantizados y no garantizados, el nuevo sistema exige un análisis más profundo y matizado de los intereses en juego.
Formación de clases de acreedores: criterios clave
El principio fundamental para la formación de clases es la existencia de un “interés común” entre sus miembros, determinado por criterios objetivos. Los créditos de igual rango concursal se presumen compartir este interés común, pero la ley permite y, en ocasiones, exige separaciones adicionales cuando existen razones justificadas, como la naturaleza financiera o comercial del crédito o la existencia de conflictos de interés entre acreedores.
El caso especial de los créditos garantizados
Los créditos con garantía real merecen una atención particular en el nuevo sistema. Por regla general, constituyen una clase única, pero esta regla admite excepciones cuando la heterogeneidad de los bienes o derechos gravados justifica su separación. Solo la parte del crédito cubierta por el valor de la garantía recibe este tratamiento especial.
Los mecanismos de arrastre: una innovación fundamental
El nuevo sistema introduce dos niveles de arrastre que dotan de mayor efectividad a los planes de reestructuración:
Arrastre horizontal (intraclase)
Este primer nivel permite que una mayoría cualificada dentro de una clase vincule a todos sus miembros. Las mayorías requeridas son:
- Dos tercios del pasivo para clases ordinarias
- Tres cuartos del pasivo para clases con garantía real
La justificación es clara: cuando una mayoría significativa de acreedores en situación similar considera beneficioso el plan, su criterio debe prevalecer sobre los holdouts individuales.
Arrastre vertical (cross-class cram-down)
Este segundo nivel permite que el plan vincule a clases enteras de acreedores que no lo hayan aprobado. Para ello, debe cumplirse una de estas condiciones:
- Aprobación por mayoría simple de clases, incluyendo una privilegiada
- Respaldo de al menos una clase “in the money” según la valoración de empresa en funcionamiento
La ley establece protecciones específicas para los acreedores garantizados disidentes cuando su clase no ha aprobado mayoritariamente el plan:
- Derecho a ejecutar sus garantías en el plazo de un mes
- Opción de recibir el valor de la garantía en efectivo
La regla de prioridad absoluta y su flexibilización
El sistema adopta como principio la regla de prioridad absoluta, que exige la satisfacción íntegra de las clases superiores antes de que las inferiores reciban valor. Sin embargo, permite excepciones cuando:
- Sea imprescindible para la viabilidad empresarial
- No cause perjuicio injustificado a los acreedores afectados
Consideraciones estratégicas en la práctica
En la formación de clases
- Identificación precisa de los intereses comunes
- Análisis detallado de las garantías y su valoración
- Consideración del impacto en las mayorías necesarias
En el uso del arrastre
- Preparación de valoraciones sólidas que justifiquen las posiciones “in the money”
- Diseño de tratamientos equilibrados para las diferentes clases
- Justificación robusta de cualquier excepción a la prioridad absoluta
El nuevo sistema de clases y arrastre representa un avance significativo que equilibra la eficacia de las reestructuraciones con la protección de los derechos de los acreedores. Su utilización efectiva requiere un conocimiento profundo de sus mecanismos y una visión estratégica clara, pero ofrece posibilidades sin precedentes para preservar el valor empresarial en beneficio de todos los stakeholders.