Blogosfera Navas & Cusí

Nuestro bufete de abogados Navas & Cusí con sedes en Madrid y Barcelona posee carácter multidisciplinar y con una vocación internacional (sede en Bruselas), está especializado en derecho bancario , financiero y mercantil.
Contacta con nosotros
Para garantizar la calidad y la atención personalizada, atendemos con cita previa presencial o videoconferencia. No trabajamos a resultados.

Recibir una citación de la CNMV no suele ser una buena noticia. Cuando una empresa o un particular recibe una citación de declaración de la Comisión Nacional del Mercado de Valores les surgen diversas cuestiones que intentaremos aclarar. Cuestiones sobre si les pueden sancionar, como se calcula la sanción, su publicidad… Esta sensación se acrecienta cuando se ven las posibles sanciones de elevado importe. Para un profano en la materia es normal que tras leer la normativa se tenga más dudas que certezas, ya que hay multitud de sanciones y horquillas muy amplias de las multas.

Es importante añadir que, a pesar de las nuevas leyes que han salido respecto al Mercado de Valores y reglamentos europeos, los hechos se juzgarán conforme a la normativa aplicable en el momento de los hechos susceptibles de sanción, salvo aquellos cuál casos en los que la norma posterior es más beneficiosa para el sancionado; esto es un principio de los que regulan el procedimiento normativo.

 

Sanciones frecuentes, uso de información privilegiada

Las sanciones más frecuentes en la CNMV son la de manipulación de mercado y aprovechamiento de información privilegiada, por ello nos basaremos en la información privilegiada para ejemplificar las sanciones. Hemos asesorado diversos casos en los que directivos han tenido conocimiento de información privilegiada sobre operaciones societarias, corporativas o profit warning y han hecho uso de la información privilegiada, ellos o algún familiar, o incluso por casualidad algún miembro cercano invirtió y la CNMV lo investiga. El hecho de que se inicie una labor investigadora no conlleva una sanción segura, pero hay que prepararse bien. 

La normativa de información privilegiada ha cambiado repetidamente en los últimos 8 años, por ello la gente tiene problemas añadidos para entender la posible sanción. De hecho, si leemos rápido los artículos referidos a la sanción de abuso de información privilegiada (conforme a lo establecido en el Reglamento 596/2014) se puede pensar que se impondrá una sanción de 10 millones de euros. Esto suele ser erróneo como veremos. 

La cifra de 10 millones de euros (como varias que aparecen en la LMV con el termino “hasta la mayor de las cantidades”) es de máximos, a partir de ahí hay que atender a distintos hechos. La normativa administrativa establece un criterio que es el criterio de proporcionalidad, refiriéndose a que no puede ser desproporcionada la multa, ni inferior al beneficio que haya obtenido aquella persona que haya incumplido la norma para no incentivar las sanciones. Junto al criterio de proporcionalidad nos encontramos con los criterios de graduación presentes en la ley del Mercado de Valores, los cuales actúan en relación con el principio de proporcionalidad con el  objetivo de fijar la sanción más adecuada al hecho ilícito. Esto es que hay que atender a diversos hechos para ver cuanto. 

El mínimo de la sanción y jurisprudencia de sanciones

En la redacción actual de la ley del Mercado de Valores no encontramos propiamente un mínimo de posible sanción para el caso en el que lo que se castigue sea el uso de información privilegiada.

En este caso deberemos analizar el caso en concreto en el que se esté sancionando a la persona, pero conforme antecedentes analizados por el presente despacho hemos encontrado sanciones en las cuales se impone una multa por importe situado al triple del beneficio obtenido con el objetivo de tener relevancia económica suficiente para cumplir su finalidad retributiva y el efecto disuasorio de futuros incumplimientos; Cuya sanción que posteriormente se podrá ver reducida en el caso de que se haga un pronto pago y acuerdo económico. 

Si el lector de este artículo recibe una citación de la CNMV lo mejor es que se ponga en contacto con abogados expertos en la Comisión Nacional de Mercado de Valores, como Navas & Cusí abogados, para asesorar el caso y recopilar toda la información posible para asegurar una defensa adecuada.

Author
Navas & Cusí Abogados
Artículo anterior Artículo siguiente