Artículo actualizado el 11/05/2020
Los préstamos hipotecarios multidivisa son un tipo de hipoteca muy común en España. En el presente artículos vamos a hacer referencia a los principales aspectos de las hipotecas en divisa extranjera: su funcionamiento, su comercialización, cómo puede reclamarse y cuál ha sido la postura de los tribunales sobre este tipo de productos.
¿Qué es la hipoteca multidivisa?
Es una modalidad de préstamo en la que el capital prestado está fijado en una moneda extranjera, normalmente en francos suizos o yenes japoneses, por lo que tanto las cuotas mensuales como el capital pendiente de amortizar dependerán de la fluctuación de la moneda elegida.
Por eso, si la divisa extranjera se deprecia respecto del euro, la cuota será inferior que si la hipoteca fuera en euros; pero, en contrapartida, si la divisa se aprecia frente al euro, no solo aumentarán las cuotas, sino que tras varios años el capital pendiente puede no solo no disminuir, sino, incluso, superar al importe inicialmente concedido, causando, graves perjuicios económicos al prestatario.
Reclamar la hipoteca multidivisa
En el presente artículos vamos a hacer referencia a las denominadas hipotecas en divisa extranjera, y quién puede reclamar la hipoteca multidivisa, como afectado y deudor hipotecario.
En concreto, hacemos referencia a unos préstamos muy concretos, los cuales fueron comercializados por parte de las entidades bancarias bajo el nombre de Hipotecas Multidivisa, haciendo creer al consumidor que serían ventajosas para su situación financiera, lo que lejos de convertirse en realidad, supuso como ha demostrado el transcurso del tiempo un grave perjuicio económico para con sus clientes.
La comercialización de este tipo de producto ha supuesto una práctica abusiva como reiteradamente ha establecido nuestra jurisprudencia y los medios de información como por todos es sabido, por lo que a continuación vamos a dar respuesta a la siguiente pregunta:
¿Qué bancos han sido los que más han comercializado préstamos multidivisa?
Así pues, vamos a realizar un listado con las entidades financieras que han suscrito un mayor número de préstamos de este tipo con consumidores según ha establecido nuestra jurisprudencia, por lo que te aconsejamos que si tienes o has tenido un préstamo hipotecario con alguna de estas entidades, lo revises y si ves alguna referencia a moneda extranjera te pongas en contacto con nosotros para que podamos resolver cualquier duda que tuvieses.
- MULTIDIVISA BANKINTER: según nuestra jurisprudencia, esta entidad bancaria ha comercializado el 34% de las hipotecas Multidivisas existentes en nuestro país, por lo que si tienes un préstamo hipotecario con esta entidad, lo más probable es que tengas un préstamo hipotecario en divisa extranjera.
- MULTIDIVISA BARCLAYS: según estudio, esta entidad bancaria ha comercializado el 18% de las Multidivisas existentes en nuestro país.
- MULTIDIVISA CAIXA CATALUNYA: según estudio, esta entidad bancaria ha comercializado un 17%.
- MULTIDIVISA BANCO POPULAR: ha comercializado el 11% de las hipotecas de este tipo existentes en nuestro país.
- MULTIDIVISA BANCO SANTANDER: esta entidad bancaria ha comercializado el 6% de las hipotecas Multidivisa.
- OTRAS ENTIDADES: que no representa más del 14% de estos préstamos existentes en nuestro país, entre los que se encuentran Banco Valencia, Kutxabank, La Caixa, Bancaja y BBVA entre otros.
Después de exponer cuales han sido las entidades bancarias que más hipotecas han comercializado vamos a dar respuesta a la siguiente pregunta:
¿Cómo se ha llevado a cabo la comercialización de este tipo de préstamos por parte de las entidades bancarias?
Pues bien, en fecha 20 de septiembre de 2017, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dicto sentencia, calificando la hipoteca multidivisa de abusiva, debido a la comercialización de la misma ya que supone un importante desequilibrio entre las partes del contrato, en cuanto al conocimiento del producto se refiere. También es importante destacar la falta de transparencia llevada a cabo por las entidades, ya que no bastaba con advertir sobre las subidas y bajadas de la moneda, sino que se debe informar correctamente de los riesgos económicos y obligaciones financieros que el cliente asume. Los bancos solo debían haber ofrecido este producto a consumidores con un perfil cualificado para poder comprender el producto contratado y no solo resaltar los beneficios de la hipoteca multidivisa y las reducidas cuotas a pagar.
La comercialización por parte de los bancos de las hipotecas multidivisa
Cuando, en 2006, las entidades financieras empezaron a vislumbrar la crisis financiera que se avecinaba, empezaron a comercializar, de forma masiva, estos productos, en muchos casos, a clientes conservadores y minoristas que no cumplían con un perfil adecuado y sin cumplir con sus obligaciones de diligencia.
Pero además, las Entidades financieras no cumplieron con sus deberes de información, pues, a pesar de estar en una posición privilegiada, por contar con herramientas para conocer las previsiones de futuro de los índices financiero, y las evoluciones de las divisas, no compartían esa información con los clientes, impidiéndoles, en consecuencia, que pudieran dar un consentimiento informado a la contratación de la hipoteca multidivisa.
En definitiva, las entidades bancarias, que ya preveían la devaluación del euro respecto a otras divisas, aprovecharon ese momento, en el que euro se encontraba en máximos históricos, para hacer una venta masiva de hipotecas en divisas extranjeras, pudiendo decir a los clientes que eso se traducía en un ahorro en las cuotas, pero ocultaron los clientes los riesgos inherentes a este producto, aun a sabiendas de que la previsión era –como así sucedió- que el producto se volvería en contra de los intereses de los clientes.
¿Qué puedo hacer si tengo una hipoteca multidivisa?
Aquéllos a quienes la entidad financiera les ofreció una hipoteca multidivisa como “la mejor de las alternativas”, sin explicarles sus riesgos asociados ni tener en cuenta el perfil del cliente, sin perjuicio de que deberá atenderse cada caso concreto, podrá presentar una demanda judicial contra la entidad bancaria, pidiendo la nulidad del clausulado multidivisa, reclamando el perjuicio sufrido por la aplicación de ese clausulado (en comparación con lo que se hubiera pagado si hubiera estado referenciada al Euro), recalculando el capital pendiente de amortizar y el amortizado, y dejando referenciado el préstamo a euros y al Euribor.
¿Quién puede reclamar la hipoteca multidivisa?
Pueden reclamar la hipoteca multidivisa, a través de un procedimiento de nulidad, son todos aquellos titulares afectados a quienes su entidad financiera les vendió el préstamo como “la mejor de las alternativas” sin explicarle los riesgos que tiene el préstamo. No obstante, hay que atender a cada caso para poder hacer y otorgar una viabilidad real del caso, y calcular el perjuicio.
¿Puedo reclamar la nulidad de la hipoteca multidivisa si pertenezco al sector de las líneas aéreas?
Uno de los sectores a quienes se ofrecieron más hipotecas en divisas fue a los empleados y afiliados a sindicatos de líneas aéreas (SEPLA, STAVLA).
Pertenecer a estos colectivos, no es ningún obstáculo para reclamar, siempre que, en la fase precontractual, la Entidad financiera no cumpliera con sus obligaciones y deberes de información y el cliente no pueda comprender el alcance del producto que estaba contratando.
En este sentido, es importante destacar, que son varias las sentencias que se pronuncian sobre estos extremos concluyendo que la profesión o la pertenencia a colectivos por parte de los prestatarios no eximen a la entidad financiera de su deber de facilitar la información, siendo estos datos insuficientes para acreditar que los afectados conocían los riesgos y declarando por tanto su abusividad en beneficio del cliente.
La Jurisprudencia admite la abusividad de los préstamos multidivisa
Ya hace años que la Jurisprudencia nacional y europea permite declarar la nulidad del préstamo multidivisa y su conversión a euros, con el fin de proteger al consumidor frente a estos productos bancarios complejos.
Ha calado en los Tribunales la protección que ofrecen la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial, y su disposición en la Ley 5/2019, de 16 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
En este sentido, el Tribunal Supremo, desde su Sentencia de 15 de noviembre de 2017, se ha venido mostrando protector con los consumidores, reforzando la jurisprudencia europea (entre otras, las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 30 de abril de 2014 y de 26 de febrero de 2015), siendo la postura jurisprudencial favorable a calificar de abusiva una hipoteca multidivisa cuando, además del desequilibro de las partes respecto al producto, existe falta de transparencia por parte de los bancos, por no haber informado a los clientes de forma clara y comprensible de los riesgos económicos y obligaciones que estaban asumiendo, siendo, además, que en la mayoría de los casos los clientes no tenían un perfil adecuado para la hipoteca multidivisa.
En Navas & Cusí Abogados, somos especialistas en Derecho Bancario y Financiero y Derecho de la Unión Europea y podemos asesorarle, de forma integral, en la reclamación de los perjuicios que haya sufrido a causa de una hipoteca multidivisa. Puede ponerse en contacto con nosotros rellenando el formulario de contacto o si lo prefiere puede llamarnos al 915 76 11 50 o al 93 487 97 11
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