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El gigante tecnológico Google afirmó, la semana pasada, que prohibiría los anuncios de criptomonedas y todos los contenidos relacionados con ellos, a partir de junio.

La nueva política de Google tiene como objetivo promocionar anuncios relativos a productos financieros que no estén regulados, o sean complejos y altamente especulativos.

Y no será el único producto (las criptomonedas), sino que también afectará a otras como son los CFD’s -contratos por diferencias- o las denominadas opciones binarias.

En palabras del mismísimo director de Publicidad, Scott Spencer:

mejorar la experiencia sobre anuncios en la web, ya sea removiendo anuncios dañinos o intrusivos, continuará siendo una alta prioridad para nosotros”.

La razón, la siguiente: las empresas que publicitan este tipo de productos usan Google Adwords y Facebook Ads con el objetivo de anunciar productos de inversión complejos, con títulos que llaman poderosamente la atención del consumidor, y muchas veces la “URL” a la que lleva el enlace suele ser un fraude (el denominado “phising”). La consecuencia de ello son anuncios “de poca calidad”, lo que acaba afectando a las mismas plataformas Google y Facebook, que dejan de cobrar por los clics de los usuarios que abandonan y dejan de utilizar sus servicios.

Google también toma medidas contra los CFDs

Como se ha avanzado, Google no solamente prohibirá los anuncios relativos a la criptomoneda (bitcoins, etc), sino que se referirá poco a poco a todos los productos financieros que no estén regulados y, en definitiva, puedan ser perjudiciales para la empresa tecnológica.

Las reacciones no han tardado en llegar, pues a esta llamada se ha unido Facebook y también Twitter, quién ya ha anunciado tomar medidas para evitar que este tipo de cuentas interactúen con los demás de manera engañosa.

La CNMV y los “warnings” sobre productos con alto riesgo

Estas empresas se apoyarán y estarán muy alertas a las advertencias emitidas por las instituciones reguladas para ello. En España contamos con la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), institución encargada en nuestro país de controlar y advertir tanto de productos complejos, como también de las empresas que los comercializan.

Las empresas que venden productos financieros deben de tener una autorización previa de la CNMV. Por tanto, en caso de no tenerla, se convierten en lo que se denomina “chiringuito financiero”, y puede resultar muy perjudicial para un consumidor minorista.

En Navas & Cusí Abogados disponemos de un departamento especializado en Derecho de Nuevas Tecnologías aplicadas a los servicios de información y servicios bancarios financieros, para que el inversor o minorista pueda disponer de toda la información, puedes contactar con nosotros enviando el formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50

 

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Navas & Cusí Abogados
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