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30La imposición de precios en un contrato de franquicia es un tema de suma relevancia en el ámbito empresarial y legal, ya que puede tener implicaciones significativas en el contexto de la competencia y la libre concurrencia en el mercado. Cuando una entidad franquiciadora ejerce control sobre los precios que el franquiciado puede fijar para sus productos o servicios, se plantean cuestiones cruciales relacionadas con la libertad de mercado y el mantenimiento de una competencia justa. 

 

Es fundamental comprender los desafíos legales y económicos asociados con la imposición de precios en contratos de franquicia para asegurar un equilibrio adecuado entre los intereses de las partes involucradas y el bienestar del mercado, cuestiones que analizaremos en los siguientes párrafos. 

 

Análisis de la Sentencia del T.S 587/2021, 28 de julio  

 

Fijación de precios en el contrato de franquicia 

 

En el contexto de un contrato de franquicia, la fijación de precios es un aspecto importante y a menudo delicado que regula cómo se establecen los precios de los productos o servicios que ofrecen los franquiciados. La fijación de precios puede tomar diferentes formas, entre ellos:  

 

  • Control de precios: En algunos casos, la entidad franquiciadora puede establecer un precio fijo para los productos o servicios que todos los franquiciados deben seguir de manera estricta.  

 

  • Recomendación de precios: En otras ocasiones, la franquiciadora puede sugerir un rango de precios dentro del cual los franquiciados pueden operar. Esta práctica brinda cierta flexibilidad para ajustar los precios según las condiciones del mercado local. 

 

  • Precios mínimos o máximos: Algunos contratos de franquicia pueden incluir cláusulas que establezcan precios mínimos o máximos. Los precios mínimos pretenden evitar una competencia basada únicamente en precios bajos. Los precios máximos, p0230or otro lado, buscan prevenir precios excesivamente altos. 

 

En la Sentencia del Tribunal Supremo 587/2021, de fecha 28 de julio de 2021, el tribunal destaca que, si en un contrato de franquicia hay imposición de precios, dicha conducta se considera restrictiva de la competencia. Establece el tribunal que el art. 4 a) del Reglamento (UE) 330/2010 relativo a la aplicación del artículo 101, apartado 3, del TFUE (el cual prohíbe las prácticas comerciales entre países de la UE que puedan impedir, restringir o falsear la competencia), establece como una de las restricciones graves de la competencia la «restricción de la facultad del comprador de determinar el precio de venta«.  

 

El proveedor, no obstante, está totalmente en su derecho de imponer precios de venta máximos o recomendar un precio de venta, siempre y cuando éstos no equivalgan a un precio de venta fijo o mínimo como resultado de presiones o incentivos procedentes de cualquiera de las partes. Por lo que, para que pueda existir una exención a esta restricción grave de la competencia, debe tratarse únicamente de recomendaciones o imposiciones de precios máximos (en el sentido de que haya margen), pero no una fijación de precios en sentido estricto. 

 

Consecuencias de la nulidad del contrato  

 

En el caso analizado en la Sentencia mencionada, el T.S considera que, en los casos de imposición de precios en un contrato de franquicia, y por lo tanto cuando se produce la nulidad del aludido contrato, la jurisprudencia aplica la previsión genérica sobre “restitución recíproca de las prestaciones” del art. 1303 CC, que establece que, declarada la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato. Por lo tanto, en casos de fijación de precios y nulidad del contrato, se ordena la restitución recíproca de las prestaciones, debiendo las partes devolverse mutuamente las cosas que fueron objeto del contrato, y el precio con los intereses desde su pago. 

 

Es fundamental que ambas partes, franquiciador y franquiciado, comprendan claramente las cláusulas relacionadas con la fijación de precios y se aseguren de que cumplan con las regulaciones legales aplicables. Un equilibrio adecuado entre la consistencia de marca y la competitividad del mercado local es esencial para el éxito a largo plazo de la franquicia. 

 

Conclusiones finales

En el contexto de una franquicia, la entidad franquiciadora generalmente tiene cierto control sobre cómo opera el franquiciado y puede establecer ciertas pautas y condiciones para mantener la uniformidad y la calidad de los productos o servicios ofrecidos bajo la marca. Sin embargo, cuando la franquiciadora impone precios específicos en lugar de simplemente recomendar un rango o margen de precios, puede considerarse una práctica anticompetitiva, ya que restringe la capacidad del franquiciado para fijar precios según las condiciones del mercado local y pueden limitar la libre competencia y dañar a los consumidores, pudiendo acarrear consecuencias y sanciones legales.  

 

Es esencial por lo tanto consultar con expertos legales como Navas & Cusí, abogados expertos en el derecho de las franquicias, a nivel nacional, europeo e Internacional, para obtener información precisa y actualizada sobre el tema y no incurrir en ilegalidad alguna.  

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Navas & Cusí Abogados
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