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La-quiebra-de-Thomas-Cook-Navas-&-Cusí-Abogados-especialistas-en-Derecho-del-Consumidor

Thomas Cook, una  de las agencias de viajes más reconocida a nivel mundial, anuncio el pasado 23 de septiembre de 2019 su quiebra, tras el fallido intento por llegar a un plan de rescate con sus acreedores, dejando a así a miles pasajeros y turistas afectados por la bancarrota.

Dicha quiebra, ha afectado a 38 países, entre ellos, principalmente España, pues al ser uno de los destinos turísticos por excelencia, son varios los hoteles que han experimentado perdidas en este último mes.

Tanto la legislación nacional como la comunitaria protege a los afectados, pues se  hayan en una situación de incertidumbre y desprotección que no están obligados a soportar, así la Directiva 2015/2302, de 25 de noviembre relativa a los viajes combinados y  la Ley General de Consumidores y Usuarios, determinan que la insolvencia de las agencia no exime de la responsabilidad que estas tenga frente a los consumidores y operadores turísticos afectados por dicha situación ya que están obligadas a tener un fondo de garantía que permita cubrir este tipo de situaciones.

¿Qué pueden reclamar los afectados por la quiebra de Thomas Cook?

En relación a los afectados debemos distinguir:

  • Los que todavía no habían disfrutado del viaje contratado, en cuyo caso tendrán derecho a que el contrato se resuelva lo que implica al reembolso de lo que han pagado, sin ninguna compensación extra.

 

  • Cuestión distinta se da para aquellos que se encontraban disfrutando del viaje y se han visto sin opciones de volver a su país de origen. Aquí será la agencia la que deberá ofrecer soluciones a los pasajeros para continuar o finalizar el viaje sin que vean perdida su inversión. Se abre la posibilidad de reclamar también los gastos que la quiebra les haya supuesto.

 

  • Para el caso de las compañías que trabajan con la agencia (aerolíneas, hoteles…) la cuestión radica quien debe pagar el IVA de las facturas que la agencia todavía no ha abonado para lo que las asociaciones ya han realizado una consulta fiscal.

 

  • Aquellos turistas que hayan contratado un paquete vinculado (vuelo más hotel)  y estén en el lugar de destino, serán repatriados hasta el 6 de octubre de este año.

 

Thomas Cook, ha habilitado una plataforma para gestionar toda esta avalancha de reclamaciones, en las que explica los pasos a seguir en función del tipo de afectado.

En Navas & Cusí, despacho de abogados especialista en Derecho del Consumidor, Derecho de la Unión Europea y Derecho Mercantil, contamos con profesionales que podrán asesorarles en la reclamación frente a agencias de viajes estudiando su caso concreto. Puede ponerse en contacto con nosotros rellenando el formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50

 

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Navas & Cusí Abogados
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